El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la prórroga, hasta el próximo 16 de septiembre, del cierre de fronteras a terceros países de la Unión Europea y países asociados Schengen, aunque incluye una novedad, y es que elimina a Marruecos de la lista de países desde los que sí se puede viajar a España. En la práctica sigue significando que, al menos hasta esa fecha, las fronteras terrestres de Ceuta y Melilla con el vecino país seguirán cerradas. [Puede aquí consultar la orden del Ministerio del Interior, publicada en el BOE, íntegra]
Además, el Boletín Oficial del Estado explica exactamente que esta prórroga de fronteras hasta el 16 de septiembre supone la "restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19".
De esta forma, las fronteras terrestres que tienen España y Marruecos en Ceuta y Melilla seguirán cerradas al menos hasta el próximo 16 de septiembre, día en el que se cumplirán seis meses desde que los pasos fronterizos cerraron sus puerta.
En un documento firmado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, a partir de ahora no se permitirá que ciudadanos marroquíes puedan entrar a España, como ya pasó con argelinos, a los que España había puesta en la lista de países 'vetados'. Sin embargo, tal y como recoge Interior, esto ya se estaba dando en la práctica, pues ambos países, España y Marruecos, tienen un principio de reciprocidad que había condicionado la autorización para viajar y que todavía no había surtido efecto.
Así, el Gobierno ha excluido a Marruecos de la reducida lista de países terceros a los que la Unión Europea abrió su frontera exterior el pasado mes de julio al considerar que no representaban un riesgo añadido a la propagación del coronavirus, con lo que el grupo de destinos autorizados queda limitado a once países, según recoge el BOE.
Con todo ello, se permite la entrada en España, además de a los ciudadanos europeos, de personas que residan en Australia, Canadá, Georgia, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, Túnez, Uruguay y China, aunque este último país también tiene aplicado el principio de reciprocidad.
La condición que se pone es que los ciudadanos tienen que llegar a España directamente de esos países o, al menos, de otro de los países en la lista. Por ejemplo, si una persona es de Australia pero en vez de llegar a España a través de su país lo quiere de hacer de los no recomendados (véase Estados Unidos o Marruecos, por ejemplo), no podrá hacerlo.
También existe una excepción a todas las entradas: que sean profesionales de la sanidad, de organizaciones humanitarias, investigadores, cuidado de mayores, militares u organizaciones internacionales o personal diplomático.
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