Procesa ha propuesta multiplicar por diez y pasar de 200.000 a 2 millones de euros el importe de las ayudas que la Ciudad dedicaría a subvenciones directas para cubrir los intereses devengados por operaciones crediticias que se hayan concertado, a través de los mecanismos extraordinarios habilitados por el Gobierno de España y las entidades financieras, regulados en las distintas normas implementadas a consecuencia del brote del COVID-19. Esa decisión conllevaría rebajar de 9,8 a 8 millones el importe de las dedicadas a sufragar gastos fijos de autónomos, microempresas y pymes con el objetivo de proporcionarles liquidez “como medida de protección y soporte al tejido productivo y social de Ceuta” para que, una vez finalizado el periodo de alarma dictado por el Gobierno de España, se produzca, lo antes posible, “la reactivación de la actividad económica”.
Comisiones Obreras (CCOO) se ha opuesto a esta redistribución de los créditos disponibles al entender que la parte del tejido productivo local más pequeña “no puede salir perjudicada”. Si la Administración no aceptase suplementar el total de diez millones de euros disponibles en total, el sindicato ha reclamado que al menos se ponga un “tope” a las ayudas que puedan solicitar las empresas para cubrir gastos financieros para evitar que una o unas pocas peticiones agoten el total del crédito habilitado por la Ciudad.
La modificación “más significativa” introducida esta semana en las bases del programa de ayudas por Procesa se refiere precisamente al importe de las cantidades destinadas “a una y otra línea de ayudas”.
“Tras contactar con las principales entidades financieras de la ciudad para recabar información sobre el volumen de préstamos ICO se ha constatado que se están solicitando y los resultados superan muchísimo las estimaciones que se habían realizado: se preveía un montante de 5 millones de euros aproximadamente y la realidad es que la cifra final rondará los 30”, calcula la empresa municipal.
Así, para atender el 80% de los intereses de esta montante se calcula que “es necesario destinar 2 millones de euros a esta línea de ayudas”.
El plan de ayudas públicas quiere responder a “la necesidad de atender, de manera urgente y exclusiva, la situación creada por las medidas adoptadas por el COVID-19” al objeto de “garantizar que las ayudas son necesarias y sirven de incentivo a los objetivos marcados”.
La convocatoria atenderá a autónomos y empresas afectados directamente por el Estado de Alarma y las medidas de restricción de la movilidad y la actividad económica dictadas “que hayan visto perjudicada su actividad, cuales quiera que hayan sido sus consecuencias”.
La primera línea de subvenciones consiste en “ayudas en forma de subvención directa dirigidas a autónomos y microempresas” que estarán “condicionadas al mantenimiento de la actividad y cuantificadas en función del número de trabajadores que se mantengan de alta durante los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma decretado por el Gobierno de España”.
La siguiente alude a ayudas en forma de subvención directa dirigidas a autónomos, microempresas y pymes cuantificadas en función de los intereses devengados por operaciones crediticias que se hayan concertado a través de los mecanismos extraordinarios habilitados por el Gobierno de España y las entidades financieras regulados en las distintas normas implementadas a consecuencia del brote de la COVID-19”.
Según el último borrador de las bases de la convocatoria, para la concesión de las ayudas “se tendrá en cuenta el orden cronológico de las solicitudes presentadas siempre que cumplan con todos los requisitos”, que entre otras cosas exigen estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales o derivadas de la concesión de subvenciones con la Ciudad Autónoma y de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social.
El último borrador de bases de la convocatoria fija una cuantía máxima mensual a percibir por los beneficiarios, autónomos y microempresas (ambos sin trabajadores) de 1.441 euros, equivalente al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente más el coste de las cuotas a la Seguridad Social (calculado como el 30% sobre la base de cotización)”. En caso de actividad a tiempo parcial, la ayuda a percibir será “proporcional al número de horas de alta en la misma”. Los beneficiarios con trabajadores percibirán una cuantía máxima incrementada de manera proporcional al número de trabajadores que permanezcan en la empresa durante los seis meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma.
La finalidad del programa concebido por la Administración autonómica es “la concesión de ayudas en forma de subvenciones directas para proporcionar liquidez como medida de protección y soporte al tejido productivo y social de Ceuta al objeto de lograr que, una vez finalizado el periodo de alarma dictado por el Gobierno de España, se produzca lo antes posible la reactivación de la actividad económica”. Se establecen dos líneas de ayudas compatibles. Una de subvenciones directas dirigidas a autónomos y microempresas condicionadas al mantenimiento de la actividad y cuantificadas en función del número de trabajadores que se mantengan de alta durante los seis meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma. Inicialmente se presupuestó en 9,8 millones y ahora se dejaría en 8. La otra se cuantifica “en función de los intereses devengados por operaciones crediticias que se hayan concertado a través de los mecanismos extraordinarios habilitados por el Gobierno de España y las entidades financieras regulados en las distintas normas implementadas a consecuencia del brote del COVID-19”. Su importe pasaría de 0,2 a 2 millones de euros.
Cuantía- Colaboradores.
Por cada trabajador a tiempo completo o autónomo colaborador se aumentará la ayuda total a percibir mensualmente en un 25% de la ayuda mensual calculada para autónomos y microempresas sin trabajadores. Es decir, 360 euros por trabajador o autónomo colaborador..
Compatibilidad-Líneas no excluyentes.
Las ayudas serán compatibles “con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales” siempre que las mismas “no superen el límite de intensidad fijado en la normativa aplicable”. Por lo tanto, “será compatible la presentación de solicitudes de ayudas a las dos líneas” promovidas por Procesa.
Plazos-Hasta el 30 de septiembre.
El periodo de presentación de las solicitudes finalizará el 30 de septiembre. Los plazos de este procedimiento no se verán afectados por la suspensión recogida en la Disposición adicional tercera del Real Decreto del Estado de Alarma por cuanto la misma no afectará a los procedimientos y resoluciones cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos del mismo.
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