La sala de lo Penal número Dos de nuestra ciudad acogió dos juicios relacionados con el pase de droga a la península, en concreto de hachís.
Ambos casos se saldaron con la conformidad que prestaron los acusados, de modo que no fue necesario que se celebraran ninguno de estos juicios programados para primera hora.
De tal manera, en uno de ellos, un hombre se conformó con la petición que elevó en el escrito inicial de acusación el Ministerio Fiscal, y que mantuvo, en base a un delito contra la salud pública que se tradujo en tres años y cuatro meses de prisión. Además, se le impuso una multa de 18.500 euros, aunque se manifestó insolvente, y se determinó el comiso del vehículo de su propiedad en el que viajaba el día de los hechos y en cuyo interior guardaba algo más de 15 kilos de hachís.
Sobre los hechos, que se remontan a la tarde del 20 de octubre del presente año cuando sobre las 14:00 horas, cabe destacar que el hombre fue advertido por un perro de la Benemérita especializado en descubrir sustancias estupefacientes en la Estación Marítima de Ceuta. Así, el rastreo del can dio con el cargamento, que estaba oculto en la parte trasera y debajo de tres paneles de madera. El vehículo era un Seat con matrícula de Holanda.
En idénticas circunstancias fue advertido el otro hombre que se conformó con la pena solicitada por Fiscalía por el mismo delito, contra la salud pública. No obstante, y pese a llevar algo más de droga, 25 kilos de hachís por los 15 del anterior, y con índice de pureza elevado, pues pasaba del veinte por ciento, la condena fue algo menor, de tres años y dos meses, al no contar con antecedentes penales en nuestro país.
El hachís en este caso, tras los pertinentes y exhaustivos análisis, se valoró en 29.500 euros, idéntica cantidad de la multa que se le impuso aunque, como el anterior, el individuo se declaró insolvente. Asimismo, cabe destacar que el hombre también aceptó el comiso de su vehículo y que los hechos sucedieron el 11 de noviembre.
Por último, es preciso señalar que las drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, como recoge el Código Penal español, serán destruidas por la autoridad administrativa bajo cuya custodia se encuentren, una vez realizados los informes analíticos pertinentes y guardadas muestras bastantes de las mismas, salvo que la autoridad judicial competente haya ordenado su conservación íntegra.
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