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Prisión por desobedecer a la Guardia Civil y provocar una avalancha en la frontera de Ceuta con Marruecos

Ha sido condenada a cuatro meses de cárcel porque su actitud provocó un importante tumulto

A cuatro meses de prisión ha sido condenada M.A. por un delito de desobediencia grave que se produjo el 10 de diciembre del pasado año cuando se encontraba, cargada de bultos, en la frontera. Debido a la acumulación de personas, los agentes de la Guardia Civil la requirieron a fin de que siguiera su camino por el paso habilitado, pero la acusada, lejos de obedecer dichas indicaciones, mostró una conducta “tenaz y renuente, habiendo caso omiso a las mismas y revolviéndose contra ellos, increpándoles y realizando aspavientos”, lo que provocó una avalancha de porteadores, según recoge la sentencia.

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 argumenta la condena en las “firmes y contundentes” testificales de los agentes que intervinieron en la actuación, los cuales detallaron de manera “firme, coherente y coincidente” lo acontecido, sin que hubiera “contradicciones” y reiterando la autoría y participación de la acusada en los hechos.

Uno de los guardias civiles declaró que solicitaron a la mujer, en varias ocasiones, que abandonara la zona a lo que se negó y resistió, circunstancia que aprovechó la multitud para correr y provocar una avalancha. Estas manifestaciones fueron corroboradas por el segundo agente de la Guardia Civil que añadió que fueron amenazados con frases como que les “buscaría la ruina”, mientras les increpaba diciéndoles que “si querían que le pegaran”.

Por su parte, la acusada reconoció haber estado ese día en la frontera y que si desobedeció las órdenes del guardia civil fue porque previamente otro agente le había dado otra orden diferente y que fue entonces cuando el guardia civil le gritó y dio un empujón. Además, la mujer insistió en que no obedeció de inmediato porque es una persona mayor con movilidad reducida y no podía moverse más rápidamente.

El hecho de que el parte médico de la acusada en el que alegó haber sido agredida por el agente está fechado dos días después de los hechos tampoco es considerada prueba suficiente para dictar una sentencia absolutoria. “Ha resultado suficientemente acreditado que hubo una negativa reiterada y contumaz de la acusada a no acatar las indicaciones que los agentes le daban, obstaculizando el desarrollo de sus funciones, sin justificación para ello”, reza la sentencia.

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