La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a M.B. por un delito contra la seguridad vial. La conformidad por parte del Ministerio Fiscal y la abogada de la Defensa hizo que no se tuviera que celebrar el juicio. M.B. aceptó la pena de 3 meses de prisión y a la inhabilitación de 1 año y 1 día sin poder utilizar un vehículo. El acusado no tendrá que pasar por la cárcel, ya que se suspendió la pena por no tener antecedentes de la misma índole, pero no podrá volver a cometer un delito en el periodo de 2 años, ya que de hacerlo se le sumaría los 3 meses de esta condena.
El suceso al que se hace referencia en esta sentencia condenatorio ocurrió el pasado 25 junio del año pasado. El acusado conducía una motocicleta sobre las 20:00 horas de la tarde por la avenida Doctor Abdelkrim cuando sin motivo aparente el individuo perdió el control del vehículo y cayó en la carretera asustando a los viandantes que se encontraban en la zona del accidente. Hasta la avenida se personó un coche de la Policía Local para comprobar y aclarar lo que había ocurrido. Cuando los agentes empezaron a hablar con el acusado comprobaron que no se encontraba en perfectas facultades para la conducción. A pesar de esa primera comprobación, los agentes le realizaron un test de alcoholemia dando muy por encima de la tasa de lo permitido por lo que se le inmovilizó la motocicleta.
Por conformidad y reconociendo los hechos
Además de la pena de prisión y la retirada del carné de conducir, el acusado tendrá que hacer frente al pago de las costas judiciales. Por la conformidad del acusado reconociendo todos los hechos juzgados, el Ministerio Fiscal y la Defensa llegaron a un acuerdo y la pena fue rebajada.