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Cinco años de prisión tras una arriesgada huida de la Policía

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado a 5 años de prisión a un vecino de Ceuta por incurrir en un delito de atentado agravado por el uso de vehículo a motor y otro contra la seguridad vial, además de dos delitos leves de lesiones. Fiscalía llegó a solicitar en su calificación provisional hasta 8 años y medio de cárcel para el protagonista de una alocada persecución en la que tuvieron lugar varios delitos viales encadenados, con riesgo para los policías nacionales que le perseguían.

El llamado H.M.A. es penado a 3 años por al atentado agravado, multa de un mes a 10 euros diarios por cada uno de los dos delitos leves de lesiones, 2 años más por el delito contra la seguridad vial que lleva pareja una multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros y 6 años de privación del derecho a conducir con la consiguiente pérdida del permiso, de acuerdo con la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta.

Los hechos a los que hace referencia este caso se produjeron en la noche del 5 de octubre de 2019, en las proximidades de la rotonda de Pepe Caballa, cuando agentes de la Policía Nacional observaron al ahora condenado conduciendo un vehículo, reconociéndole como la persona a la que le constaba una orden de detención. Y ahí comenzó todo: le ordenaron que se detuviera a lo que H.M.A. se opuso, acelerando de manera brusca para escapar en dirección a la avenida de África.

Durante la persecución se produjo un total “menosprecio” a la “vida y seguridad” de conductores y viandantes, haciendo cambios bruscos de carril, frenazos, acelerones... llegando incluso a impactar contra un coche de la Policía para escapar, poniendo en grave peligro a sus agentes. La huida siguió por la zona del Morro llegando a incorporarse a la rotonda en sentido contrario, por lo que los vehículos tuvieron que parar para no chocar. Ya en la calle Francisco Rivalta terminó chocando con un coche estacionado, que a su vez pegó a otro y este a otro: todos en cadena. Al dar marcha atrás terminó impactando con el coche de la Policía. ¿Cómo terminó todo esto? Con el acusado saliendo de la furgoneta para escapar a pie; pero lo hizo sin echar el freno de mano, por lo que el vehículo se estrelló. ¿Resultado? Dos agentes heridos y varios vehículos dañados.

La versión dada por el acusado a todo esto es que se puso nervioso al ver a dos personas encapuchadas que le perseguían, negando haber chocado con los vehículos y con el propio de la Policía. A su juicio, los agentes mentían en sus versiones incriminatorias porque “le tenían ganas” y le dijeron que “le iban a hundir”.

En la sentencia la magistrada valora el relato “lineal, detallado y contundente” ofrecido por los policías. Relato preñado de detalles como que el conductor llegó a superar los 60 kilómetros por hora o que “en los resaltos volaba”. Fue tal el riesgo de esa escapada, que uno de los policías que declaró llegó a detallar cómo un conductor se vio obligado a detener su coche al toparse con el acusado en sentido contrario, teniendo que dar marcha atrás para subirse en el capó del zeta policial. “Si hubiese pillado a una persona la mata, pasó por encima de la acera... si pasa alguien por ahí lo atropella”, destacó.

Para la magistrada los testimonios son “creíbles por cuanto fueron lógicos, persistentes, coherentes, complementarios entre sí y corroborados por los partes médicos, informes forenses y periciales practicadas respecto de los daños sufridos por los vehículos implicados”.

En el caso de autos, se concluye sin duda alguna que el condenado llevó a cabo una conducción temeraria, poniendo en peligro la vida de varias personas. El dolo no desaparece, aclara, ni tampoco se neutraliza por la concurrencia del móvil de estar huyendo de la Policía.

El hecho de haber arremetido contra la Policía constituye un delito de atentado agravado por el uso de vehículo, quedando claro que el acusado sabía que su conducta implicaba un riesgo para los agentes, al tiempo que una actitud desafiante hacia el principio de autoridad que representan. En sentencia, la magistrada ha ordenado deducir testimonio de una testigo que considera que mintió en el acto de juicio oral, por si hubiese cometido un delito de falso testimonio.

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