Noticias

Prestaciones para las empleadas del hogar: novedades sobre el certificado de empresa

Ya no es necesario que el titular del hogar familiar remita el documento por vía telemática

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa a las personas interesadas, también en Ceuta, en este caso específico las empleadas del hogar que “ya no es necesario que el titular del hogar familiar remita el certificado de empresa por vía telemática”, pues este documento puede ser entregado en papel a la solicitante para que sea ella misma la que haga la petición.

El SEPE hace del conocimiento de aquellas personas empleadas del hogar que hayan cesado, que pueden solicitar su prestación contributiva por desempleo presentando junto con la solicitud, “el certificado de empresa que te entregará el empleador del hogar en papel”.

Hay que tomar en cuenta que este documento debe corresponder al formato oficial que puede descargarse aquí.

No obstante, igualmente señalan que “el empleador también podrá remitir este certificado al SEPE electrónicamente a través de certific@2”.

Sobre el derecho a la prestación contributiva, el Servicio Público de Empleo Estatal recuerda a los interesados que se tiene derecho a este “si has cotizado a desempleo más de 360 días. Si tienes menos de 360 días cotizados podrías tener derecho a un subsidio”.

Asimismo, recuerdan en el caso de las empleadas del hogar que la situación legal de desempleo implica que “se le extinga el contrato de trabajo mediante comunicación escrita de la persona empleadora, debiendo constar de modo claro e inequívoco no solo “la voluntad de la persona empleadora de dar por finalizada la relación laboral”, sino también “la causa por la que se extingue la relación laboral”.

Igualmente expresan que “la relación laboral podrá extinguirse, además de por las causas previstas para los demás colectivos de personas trabajadoras, por alguna de las siguientes causas, siempre que estén justificadas: disminución de los ingresos de la unidad familiar o aumento de sus gastos, por causa sobrevenida; modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican poder prescindir de la persona trabajadora del hogar; y pérdida de confianza de la persona empleadora, fundamentada de manera razonable y proporcionada, en el comportamiento de la persona trabajadora”.

Entradas recientes

La fiebre del Mundial llega a los comercios: estos son los establecimientos que cerrarán antes

La final del Mundial entre España y Argentina no solo paralizará a millones de aficionados…

19/07/2026

Los delitos por tráfico de drogas elevan el número de condenados en Ceuta

Ceuta cerró el ejercicio 2025 con 959 personas condenadas y 1.410 delitos objeto de sanción,…

19/07/2026

Anas, desaparecido en la frontera sur al cruzar de Marruecos a Ceuta

La familia del joven marroquí Anas Ait Ahmed, de la comunidad de Tamrout, provincia de…

19/07/2026

Este domingo todos somos uno

Hoy todos somos uno. Toda Ceuta, al igual que el resto de España, mira hacia…

19/07/2026

Una familia caballa en la final del Mundial con los colores de España y Ceuta

El planeta se prepara para vivir una gran noche de fútbol. Las miradas de medio…

19/07/2026

Condenada por quebrantamiento: esto le pasó por no irse del Burger King sin su comida

El magistrado juez número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia…

19/07/2026