Política

El PP quiere que los hijos de padres ceutíes viajen al 50%

  • Ha presentado la propuesta en el Congreso de los Diputados para que sea estudiada

El Grupo Parlamentario del PP en el Congreso ha presentado una propuesta para que el Gobierno central estudie la extensión de la bonificación por residencia en Ceuta, Melilla, Canarias y Baleares a los hijos menores de edad no emancipados y no residentes en estos territorios que tengan a sus progenitores o tutores legales residentes en éstos. El objetivo es que, por ejemplo, hijos de padres divorciados y que tengan uno de los progenitores viviendo en estos territorios puedan viajar para cumplir con el régimen de visitas beneficiándose de la bonificación del 50% en el precio del billete.

En su exposición de motivos, los populares indican que “actualmente, se dan situaciones en las que existen progenitores o tutores legales que residen y se encuentran empadronados en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, y que no tienen la guardia y custodia de sus hijos menores de edad, que residen legalmente en una comunidad distinta a las indicadas con el progenitor que ostenta la guardia y custodia de los menores no emancipados”.

Es por ello que con el actual sistema de bonificación sólo pueden beneficiarse los residentes en estos territorios y no los hijos. Así pues, “a fin de facilitar el normal cumplimiento de los regímenes de visitas establecidos en los Convenios reguladores para los progenitores que residen en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, entendemos conveniente extender la bonificación que existe para residentes a aquellos menores que no siendo residentes en ninguno de los lugares indicados, cuenten con uno de sus progenitores o tutores legales que se encuentren empadronados en cualquiera de los municipios de Canarias, Baleares o en las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla”.

Los populares añaden que “entendemos que la acreditación de las circunstancias que se proponen se podría realizar a través de la aportación del progenitor o tutor legal que reside en los territorios de Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla de su certificado de empadronamiento, así como del libro de familia para acreditar la filiación de los hijos menores de edad en el caso de tratarse del progenitor, y en el caso de los tutores legales, copia de la Sentencia Judicial por el que se le conceda la tutela de los menores”.

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