Yo no recuerdo nada igual. Por primera vez una mayoría importante de jueces rechazan de manera coordinada y contundente una ley por injusta, abusiva y trasnochada. Y además lo hacen con un informe que no deja indiferente a nadie. Mientras que los políticos se deciden a cambiar la obsoleta regulación de las ejecuciones hipotecarias de 1909, muchos jueces adoptan resoluciones imaginativas, con la clara intencionalidad de paliar los nocivos efectos que sobre la parte más vulnerable y desprotegida de la sociedad, están causando los desahucios de las viviendas familiares, o de los locales comerciales de los pequeños negocios. También los abogados, a través de su Consejo General, están actuando de manera coordinada y han emprendido una ofensiva jurídica sin precedentes para conseguir paralizar estos injustos lanzamientos de miles de ciudadanos a los que les ha sobrevenido la pobreza por causas ajenas a su voluntad.
Los jueces se hacen eco del informe titulado “Crisis económica y deudores hipotecarios: actuaciones y propuestas del Defensor del Pueblo”, en el que se describe perfectamente la situación a la que hemos llegado. Sobreendeudamiento de los particulares como consecuencia de una crisis económica que no han provocado. Viviendas que cada vez valen menos, mientras que la deuda se incrementa con gastos e intereses. Aumento de lanzamientos y del riesgo de marginación social a causa de la pérdida de la vivienda habitual, sin poder liberarse de su deuda. Entidades de crédito que se dedicaron a otorgar de forma masiva créditos hipotecarios en tiempos de bonanza económica, descuidando las garantías de devolución. Ayudas públicas que percibe la banca, sin que estos beneficios se extiendan al deudor indefenso.
Algunas de las propuestas que hacen los jueces para reformar la obsoleta legislación, que privilegia a los bancos frente al deudor, otorgándoles unas garantías de ejecución, incluso superiores a las de las propias sentencias judiciales, son las siguientes: Delimitación de la figura del “deudor hipotecario de buena fe” y de un régimen especial de ejecución hipotecaria para los casos de la vivienda habitual o los locales de negocio; limitación de los intereses moratorios a la misma cuantía establecida para los créditos al consumo (2,5 del interés legal del dinero en caso de descubierto); reconducción de la ejecución hipotecara a las normas generales de ejecución ordinaria, para permitir que el deudor pueda oponerse a la misma en dicha fase, eliminando así los privilegios concedidos a la banca; conceder atribuciones al Juez para que pueda acordar moratorias en casos excepcionales, dejando provisionalmente en suspenso las cuotas hipotecarias; revisión del concepto de “fuerza mayor”, para permitir que se suspenda el cumplimiento de las obligaciones ante circunstancias extraordinarias ajenas a la voluntad del deudor (por ejemplo, la actual crisis económica); regulación de la dación en pago de la vivienda como forma de liquidación de la deuda; modificación del régimen de tasaciones, para impedir que los bancos se queden con la vivienda a un precio muy inferior al de valoración inicial…
También los abogados han terciado en el debate y han hecho circular entre los colegiados un modelo de solicitud de suspensión de ejecuciones, para poner a disposición de los afectados, en el que se recoge, entre otras cuestiones, un detallado análisis de la situación de emergencia y alarma social que están provocando los desahucios, y en el que se argumenta de manera impecable la violación sistemática de los Derechos Humanos que supone el privar a los ciudadanos del acceso a una vivienda adecuada, la necesidad de que se anteponga la defensa a los consumidores consagrada en la legislación específica, frente a la antigua y abusiva normativa de ejecución hipotecaria, además de otra serie de argumentos jurídicos de una gran solidez técnica.
Frente a esto, los partidos políticos aún no se han puesto de acuerdo. Y el Gobierno del Partido Popular, a lo más que ha llegado es a aprobar un Real Decreto Ley, calificado ya de “arbitrario” por determinadas asociaciones de magistrados, en el que se regula de manera muy tibia la suspensión provisional de algunas ejecuciones hipotecarias en marcha, pero no paraliza los intereses de demora. Es decir, una operación de maquillaje informativo más.
La pregunta que yo me hago, y creo que muchos ciudadanos más, es por qué amparándose en una situación extraordinaria de crisis económica, tanto el Partido Socialista, como el Partido Popular, en sus respectivas reformas laborales, ampliaron de manera escandalosa las posibilidades de justificación de pérdidas económicas empresariales, para así facilitar el despido, y rebajaron de forma sustancial las correspondientes indemnizaciones a pagar en los casos de extinción de las relaciones laborales, mientras que ante la misma situación, ninguno de los dos se atrevió a reformar la abusiva regulación de las ejecuciones hipotecarias, para evitar que los de siempre (la banca), siguieran abusando de los ciudadanos más indefensos a través de la práctica de la usura más descarada. Si profundizáramos lo más mínimo, quizás encontraríamos alguna respuesta en los generosos préstamos otorgados por las entidades financieras, en algunos casos a fondo perdido, a ambas formaciones políticas, para financiar su actividad. Por ello, para vergüenza de gran parte de la clase política, no es extraño que haya tenido que ser la judicatura la que tome la iniciativa, recogiendo así el testigo de las plataformas ciudadanas de solidaridad con los desahuciados.
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