Categorías: Tribunales y justicia

Podría pagar 1.200 euros por faltar, sabiéndolo, a la mesa electoral

Una mujer que firmó la notificación por la cual debía ser Primera Vocal de la mesa se enfrenta a un delito electoral

 

 

Como las elecciones locales se celebraban el día 22 de mayo de 2011, pocos días antes se repartieron las distintas notificaciones a los ciudadanos que habían sido designados para realizar una función específica dentro de un colegio electoral.
De tal modo, K.M.A., una mujer acusada de incurrir en un delito electoral, tal y como reconoció ayer en la sala de lo Penal 2 en un juicio que quedó visto para sentencia sí firmó la notificación que le fue enviada a su domicilio el día 27 de abril en horario de tarde, aunque acto seguido argumentó que “con frecuencia me ocurre que firmo documentos sin haberlos leído y ésta es la causa de que no supiera que tenía que estar en la mesa electoral aquel día”.
En concreto, en la sección 11, mesa B del distrito 3, que correspondió al colegio San Daniel, sito en avenida de España, la mujer estaba designada para desempeñar las funciones de 1º vocal, estando para ello convocada a las ocho de la mañana, como el resto de integrantes de la junta.
De tal modo, y por no acudir sin presentar tampoco justificación alguna que pudiera aminorar la petición elevada, el Ministerio Fiscal solicita para la K.M.A. una pena de seis meses multa a razón de seis euros al día, lo que supone un total de 1.116 euros.
Todo ello al entender el Ministerio Fiscal que incurrió en un delito electoral el 22 de mayo de 2011 y argumentando, entre otras estimaciones,  que había quedado acreditado que había firmado la notificación y que voluntariamente no acudió a cumplir su deber de ciudadana el día de las elecciones locales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

 

“No robé nada; sólo fumaba un cigarrillo”

El Fiscal cree que el acusado no fue testigo y le pide una falta de hurto

Visto para sentencia el juicio  celebrado en la sala de lo Penal número 2 y en el que se trataba de dirimir si un hombre acusado de incurrir en un delito de robo fue en efecto culpable y protagonista del mismo.
Los hechos, que se remontan a la madrugada del 25 de septiembre de 2009, sitúan al acusado, cuyas iniciales responden a las letras M.A.M., en la puerta del edificio en el que residía con su mujer, y una vez allí siendo testigo del robo que se estaba cometiendo mientras “fumaba un cigarrillo y bebía té”, tal y como indicó, en un coche que se encontraba a pocos metros, un robo en el que no tenía nada que ver”, aseguró.
Pero la declaración mantenida por un agente de la Policía Nacional indica lo contario ya que, tras salir de una boda de un amigo, el agente advirtió lo que acontecía, descubriendo incluso los artículos sustraídos que estaban ocultos en el poyete de una ventana, e inculpando al acusado.
De tal modo, el Ministerio Fiscal solicita para M.A.M. una multa de cinco euros al día durante 40 días en base a una falta de hurto recogida en el artículo 623 del C.P.E., aunque deja abierta la posibilidad de que cometiera un delito de robo con fuerza por lo que la pena sería superior.

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