Plazas en guarderías de Ceuta: listado definitivo de admitidos para el curso 2026/2027

El BOCCE publica la resolución definitiva con los admitidos, excluidos y la lista de espera de las escuelas infantiles para el próximo curso

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publica en su edición de este viernes el decreto firmado por la consejera de Educación y Cultura, Pilar Orozco, en el que quedan recogidas las adjudicaciones de plazas vacantes en escuelas infantiles y centros de educación infantil contratados de la ciudad para el curso 2026/2027.

Consulte aquí el BOCCE de este viernes

El Técnico de la unidad de becas, valoradas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la convocatoria y una vez finalizado el plazo de alegaciones a la resolución provisional y ya revisadas, ha realizado la propuesta de resolución definitiva, publicándose los solicitantes que han obtenido plaza en la Escuela Infantil I (Nuestra Señora de África), Escuela Infantil II (Juan Carlos I), Escuela Infantil III (La Pecera) y centros privados o guarderías contratados por la Ciudad.

Listados, exclusiones y lista de espera para las guarderías

En el BOCCE figura el listado de quienes han obtenido plaza en esos centros, pero, además, para facilitar el acceso a la información, figura el alumnado ordenado por orden alfabético de la persona solicitante.

El BOCCE recoge un anexo con las personas que han sido excluidas, así como el motivo que ha llevado a esa exclusión.

También se publican las personas solicitantes que no están excluidas, pero, al no haber disponibilidad de plazas, han quedado en lista de espera.

Plazos para presentar recursos

Contra la mencionada resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se puede interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.

Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

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