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¿Pierdo mi dinero o vacaciones si me llaman a una mesa electoral el 23J?

Tienes contratadas y pagadas unas estupendas vacaciones para el mes julio, sin embargo, te toca formar parte de una de las mesas de Ceuta en las elecciones generales convocadas sorpresivamente este lunes 29 de mayo. ¿Y qué pasa con ese dinero? ¿Lo pierdes? ¿Es excusa para no acudir?

La fecha escogida resulta compleja para muchos españoles. El 30% aprovechan este mes para irse de vacaciones, y en concreto ese domingo coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra o el País Vasco.

La respuesta de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) es tajante: la convocatoria no te hará perder el dinero. Según informa EFE, su portavoz, Iliana Izverniceanu, asegura que el haber contratado y abonado tus vacaciones puede permitirte recuperar tu inversión.

En principio, si existe un seguro de cancelación, la devolución se presenta fácil, según la OCU, porque la persona en cuestión podría aducir que ha sido llamado a una mesa electoral y pediría la cobertura del mismo tras aportar la documentación de que así ha sido. Sencillo.

Pero incluso si no tiene ese seguro, la organización considera que el ser llamado a participar en la jornada electoral sería "una causa de fuerza mayor" y no haría falta ese seguro de cancelación para efectuar por parte de la empresa la devolución del dinero anticipado.

Se trata de "causa inevitable, imprevisible e ineludible que no se sabia antes de contratar ese viaje", según la portavoz, por lo que resulta lo suficientemente importante para poder recuperar íntegramente el dinero del viaje que no podemos hacer.

¿Es excusa para no acudir?

En el otro extremo del espectro están aquellos que se preguntan si esa reserva les permitirá librarse de acudir a la mesa en caso de ser convocados. Ahí tendrán que ver las fechas y las ganas de arriesgar las vacaciones.

Según la Ley, los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimoquinto y vigésimonoveno posteriores a la convocatoria.

Esto significará que sabrás si eres elegido entre el 24 y el 28 de junio.

A partir de ahí, los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.

La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. La excepción concreta del viaje no está recogida, sin embargo, la lista, está abierta.

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