Tribunales y justicia

Les piden dos años de cárcel por intentar pasar de Ceuta a Algeciras a una persona que portaba el DNI de un fallecido

Un año de prisión y una multa de 2.700 euros es la pena a la que se enfrentan N.L., H.F. y M.I, por un delito de falsedad documental cuando las dos primeras intentaron pasar a la península a M.I. portando un DNI que pertenecía a una persona que había fallecido. Además, el Ministerio Fiscal ha pedido otro año más de pena privativa de libertad por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Los hechos, que se juzgaron en ausencia de los tres acusados al no comparecer en el Juzgado de lo Penal número 2, se remontan al pasado 13 de marzo en el control de acceso de vehículos al ferry con destino a Algeciras.
Al serles requerida la documentación por parte de los funcionarios de la Policía Nacional, la conductora hizo entrega de la suya propia, de la copiloto y del hombre que viajaba en el asiento trasero.

El documento de identidad presentado estaba a nombre de una persona que había muerto

El policía nacional que ha comparecido en calidad de testigo en la vista oral aseguró que al comprobar el documento constataron que los rasgos de la persona del DNI no coincidían con el sujeto que viajaba en el coche por lo que lo cotejaron en la base de datos, verificando que estaba a nombre de una persona ya fallecida.
Los agentes de la Policía Nacional procedieron a la detención de las tres personas, interviniendo también una cantidad de algo más de 200 euros que portaba una de las mujeres.
Al ser interrogada sobre la presencia del hombre en su vehículo, la conductora reconoció que viajaban juntos, aunque aseguró desconocer que carecía de la documentación requerida para viajar hacia la península. En el transcurso del interrogatorio policial señaló que lo habían conocido en una gasolinera, momento en el que decidieron embarcar juntos a Algeciras.
Mientras las conclusiones de la Fiscalía se centraron en el conocimiento de la conductora de la situación de la persona indocumentada y, por tanto, su prohibición de viajar hasta la península, el alegato de la Defensa giró en torno a la inexistencia de una intencionalidad por parte de ambas mujeres, quienes únicamente cometieron una imprudencia al trasladar en su vehículo a una persona que acababan de conocer.

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