La Fiscalía de Área de Ceuta solicita dos años y medio de prisión en su primera y, hasta ahora, única calificación previa a juicio oral para un procesado por un supuesto delito de incitación al odio y a la discriminación. El acusado, un hombre natural de nuestra ciudad que ahora tiene 29 años y que carece de antecedentes penales, realizó durante al menos un año y medio (desde julio de 2017 hasta enero de 2019) a través de sus perfiles en redes sociales como Twitter y Facebook, donde contaba con miles de seguidores, “comentarios hostiles hacia Israel y hacia las comunidades hebreas con el fin de animar al odio, la hostilidad y la discriminación contra los judíos y humillar y menospreciar a las personas de dicha confesión por razón de su credo religioso y origen nacional y étnico”.
En un total de 30 comentarios recogidos en las diligencias judiciales practicadas el procesado maldijo el “vertedero genocida de Israel” y abogó por la “extinción” de ese Estado, aunque aseguraba no ser “antisemita” y saber distinguir entre “hebreo y sionista, no como la mayoría de las ratas de cloaca que no saben diferenciar entre musulmán y yihadista”.
Para el Ministerio Público los hechos relatados constituyen un delito de incitación al odio previsto y penado en los artículos 15 y 510, apartados 1, letras a) y b), 3 y 5, del Código Penal.
Por ello, además de dos años y medio de cárcel solicita que al acusado se le imponga una multa de 12 meses de multa a razón de 12 euros diarios e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por un tiempo superior en 6 años y 6 meses a la pena de cárcel. También pide la retirada de los contenidos.
Los Grupos de Información de la Guardia Civil de Navarra y Ceuta y la Unidad Central Especial número 3 informaron en octubre de la ‘Operación Tingitana’ y de la existencia de un varón ceutí investigado por “difundir a través de un perfil de Facebook y otro en Twitter una cantidad ingente de publicaciones de contenido violento en las que se incitaba de modo claro y directo al odio y a ejercer la violencia contra el colectivo judío y el Estado de Israel”.
La fecha de la vista oral todavía no ha sido fijada, según han informado fuentes judiciales.
El Código Penal prevé penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses para quienes “públicamente” fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia “contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.
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