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Una pelea en el Pantano del Renegado acaba con dos condenados

Los acusados reconocieron los hechos y aceptaron las penas impuestas

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó a dos personas por un pelea entre sí. El llamado M.L.M. fue condenado por un delito de lesiones y otro de atentado, mientras que J.A.L.M. por un delito leve de lesiones. M.L.M. reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de prisión por el delito de lesiones y otros 6 de atentado. Además deberá indemnizar a la otra parte en la cantidad de 1.800 euros como responsabilidad civil, más 347 euros por los daños causados. En lo que se refiere a J.A.L.M. se le impuso la multa de 30 días a razón de 3 euros diarios, y indemnizará en la cantidad de 245 euros como responsabilidad civil. El acuerdo previo entre las partes evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este lunes.

Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 5 de febrero del año pasado. Sobre las 14:45 horas, J.A.L.M. se encontraba en la zona de cortafuegos del Pantano del Renegado realizando sus labores de controlador de montes, el cual ejerce como funcionario de la ciudad autónoma. En el seno de una discusión con el otro acusado, M.L.M., con el ánimo de atentar contra la integridad física y el principio de autoridad comenzó a tirar varias piedras, lo que llevó a que se enzarzaran en una pelea.

Dicha pelea ocasionó a J.A.L.M. lesiones consistentes en policontusiones, equimosis frontal y-cefalea, hematoma en zona lumbar y lumbalgia postraumática, erosiones en cara anterior de muslo izquierdo, múltiples eritemas, cuadro de ansiedad y angustia con elevación de presión arterial, que requirieron tratamiento medico consistente en: curas locales, analgésicos, inmovilización de muñeca con férula, ansiolíticos y rehabilitación postinmovilización de muñeca, tardando en sanar 20 días de perjuicio moderado, así demo unos desperfectos en sus gafas graduadas, en la pantalla de su teléfono móvil y en su chaquetón, que han sido pericialmente tasadas en 347 euros.

M.L.M., por su parte, presentó lesiones consistentes en contusión en mejilla izquierda: otitis traumática con perforación timpánica, contusión- dolor en muñeca derecha y cadera derecha, que requirieron una única asistencia facultativa, tardando en sanar 21 días de perjuicio básico.

Multa por conducir sin carné

Por otra parte, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado F.A.A. por un delito contra la seguridad vial. El acusado, reincidente en este tipo de delitos, reconoció los hechos y aceptó la pena de 18 meses de multa a razón de 10 euros diarios. Una multa que deberá abonar en los plazos establecidos, de no hacerlo ingresará a prisión.

Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 10 de noviembre del año pasado. Sobre las 16:30 horas, el acusado iba a bordo de un ciclomotor de la marca Honda por la calle 12 de diciembre. En esa misma calle se encontraban agentes de la Policía Local que le requirieron que les enseñará el permiso de conducir. El acusado no pudo presentar ningún carné, ya que carece de la licencia por no haberlo obtenido nunca.

Este delito es la tercera vez que lo comete, en un periodo corto de plazo, y que en esta ocasión esquivó la prisión. El acuerdo previo evitó la celebración de la vista.

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