Una de las preguntas más frecuentes de los beneficiarios de las prestaciones por desempleo, incluyendo los vecinos de Ceuta, tiene que ver con la posibilidad de reanudar el paro entre contratos de corta duración o la acumulación de periodos para una nueva.
Para aclarar las dudas que existen al respecto, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una serie de indicaciones.
En primer lugar explica que cuando la persona finalice un contrato inferior a un año y la prestación contributiva no se encuentre agotada, entonces “podrá solicitar la reanudación de la misma”.
Esto supone entonces “el derecho a percibir la prestación por el período que reste y con las bases y topes que correspondieran en el momento de la suspensión”.
El SEPE añade que las cotizaciones realizadas por el último trabajo del solicitante “no afectan a la duración de la prestación que tiene reconocida”, con la aclaratoria de que “sí se tendrán en cuenta para el acceso a una prestación posterior”.
Un detalle importante que señala el Servicio Público de Empleo Estatal es que la persona no tendrá derecho a una nueva prestación por desempleo “hasta que se produzca la extinción de la prestación anterior, entre otras causas, porque se agote o por realizar trabajos por cuenta ajena de, al menos, 360 días”.
Para ampliar la información resaltan que si el solicitante tiene contratos inferiores a 360 días, pero entre ellos solicita la reanudación de la prestación, cuando logre acreditar tener 360 días en total se le instará a optar entre la prestación nueva y la que tenías suspendida.
“Si opta por reanudar la que tenía anteriormente, no pierde las nuevas cotizaciones, pero si opta por la nueva, la anterior se extinguirá”, aclaran.
Para finalizar, el SEPE señala que la decisión sobre reanudar o acumular periodos dependerá de las circunstancias personales y familiares de cada quien, teniendo en cuenta tener el tiempo que le quede a la persona por percibir de la prestación suspendida.
Asimismo, hay que analizar factores como cuánto vaya a tardar en empezar a trabajar de nuevo, la duración del futuro contrato y la comparación entre el importe que percibe por la prestación actual y el que podría percibir por una nueva.
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