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El papel del Estado en las 170 VPO: "Quien paga manda"

El 'caso Emvicesa', al menos en su rama política, la que mantiene como procesados a las exconsejeras Susana Román y Rabea Mohamed y al que fuera líder de la oposición, Mohamed Ali, miembros hace diez años de la Comisión Local de la Vivienda (CLV) de Ceuta, amenaza con tener que terminar enfrentándose al tribunal de la Real Academia de la Lengua Española. ¿Qué significa 'dar cuenta'? ¿Y 'aprobar' que se ha dado cuenta? ¿Asumir y bendecir aquello que se ha conocido o simplemente corroborar que se ha tomado conocimiento? En eso se ha intricado la sesión de la vista oral de este miércoles con la exconsejera de Fomento como protagonista. En eso, que en el fondo se trata de si la CLV tenía “la función de controlar la legalidad y transparencia” sobre las promociones de las 170 y las 317 VPO de Loma Colmenar, o no. En si había que aplicar la Ordenanza (todavía no ha quedado claro si es un Reglamento) de 2006 o un Acuerdo Marco con el Estado. “El que paga manda”, ha resumido Román. Ergo sobre esos bloques de Loma Colmenar gobernaba, ha defendido ella, el Estado. Por primera vez, de ahí el caos administrativo que envuelve parte de la causa, ya que “nunca” se habían levantado en Ceuta viviendas públicas con dinero procedente en exclusiva de la Administración General del Estado, que era dueña hasta del suelo y que puso del primero al último euro que hizo falta para terminarlas. Básicamente la tesis de la exconsejera consiste en que, como las 170 VPO (lo de las 317 lo abortó precisamente su denuncia de la 'lista fantasma') las pagó íntegras el Estado, los criterios de selección y adjudicación se pactaron en Madrid y se remitieron a Emvicesa para que los aplicase. Por tanto, en endoso quedó resuelto con la mera ordenación de los inscritos en el Registro de Demandantes por cupos y la Comisión Local nunca dio luz verde a ninguna lista ni visó ninguna propuesta de aprobación ni fijó criterios ni procedimientos. La tesis contraria, que abandera la Fiscalía (y otros que han pasado por el juicio a declarar), parte de que sí era de aplicación la Ordenanza de 2006 y que, entonces, sí se pueden exigir a los políticos responsabilidades por no haber evitado las supuestas irregularidades en las que habría incurrido una organización criminal liderada por López para adjudicar irregularmente casas a cambio de dinero o por tráfico de influencias. El Ministerio Público le ha planteado a Román este miércoles si, partiendo de su premisa, las adjudicaciones previas serían nulas. “No”, ha contestado didáctica y un tanto estupefacta insistiendo en que con las 170 VPO se dio “por primera vez” el caso de una promoción sin financiación municipal. La historia de esa actuación pionera se remonta a 2007, cuando el extinto Ministerio de la Vivienda (a través de SEPES) y la Ciudad pactaron en 2007 la construcción de 600 VPO en Ceuta con el compromiso estatal de “financiar la urbanización y construcción de las viviendas” con una aportación de 48 millones de euros que posteriormente se elevó a 82,5. El Plan de construcción de esas viviendas, de las que hasta ahora solo se han levantado 487, establecí que se trataba de casas protegidas para arrendamiento y que tanto la propuesta de criterios como la adjudicación quedaba atribuida a una Comisión Técnica de Evaluación que se constituyó el 3 de noviembre de 2011, cuando estaba “próxima a la finalización” la obra de las 170 VPO. Sus integrantes eran el exdelegado del Gobierno José Fernández Chacón y otras dos altos cargos del Ministerio, por parte del Estado; y Francisco Márquez, Guillermo Martínez y Antonio López por la Ciudad. Todos ellos acordaron en el madrileño Paseo de la Castellana el 3 de noviembre de 2011 que la promoción de 170 VPO tuviera como destinatarios “preferentes” a “menores de 35 años; discapacitados físicos; afectados por expedientes de ruina, desalojos y actuaciones urbanísticas; familias monoparentales; y mayores de 65 años” con unos ingresos ponderados que no superasen en 2,5 veces el IPREM, que por aquel entonces ascendía a 532,51 euros al mes. “Ni los criterios ni el procedimiento de adjudicación fueron decididos por la Comisión Local, como sí ocurrió con las promociones promovidas con subvención de la Ciudad y, por tanto, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza de 2006”, ha vuelto a defender Román ante la Sección VI de la Audiencia firme y serena cuando se ha conmovido al recordar las circunstancias de su detención.

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