El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a A.R. por un delito contra la salud pública. El acusado que vino conducido por agentes de la Policía Nacional, reconoció los hechos y aceptó la pena de 3 años y 2 meses de prisión, así como al pago de una multa de 80.000 euros con 3 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
El Ministerio Fiscal se opuso a la suspensión de la pena y solicitó que al cumplimiento de las dos terceras partes de la condena fuera expulsado a Marruecos. La Defensa, por su parte, tendrá un plazo de 10 días para demostrar el arraigo del acusado en nuestro país.
Asimismo, Fiscalía solicitó el decomiso del vehículo y la destrucción de la droga intervenida.
Los hechos a lo que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 22 de abril de este mismo año. Sobre las 21:20 horas, el acusado se encontraba en el preembarque con la intención de subirse a un ferry destino a Algeciras.
Tras infundir sospechas en los agentes que estaban de servicio, así como la señalización del can, decidieron apartar el vehículo para ser examinado con exhaustividad.
Como consecuencia del registro se encontró oculto en el interior del depósito de combustible del vehículo intervenido la cantidad de 995 cápsulas de resina de hachís con un peso de 11.950 gramos y con un índice de THC superior al 4%, que pensaba destinar a la venta o donación para terceras personas.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este martes en la sala de lo Penal número 2 de nuestra ciudad.
La Defensa del ahora condenado tiene un plazo de 10 días para demostrar ese arraigo y evitar así su expulsión una vez cumpla las dos terceras partes de la condena.