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La Ordenanza de Limpieza, pendiente de adaptación a la normativa europea

Más de un año después de que el Pleno la aprobase inicialmente, la nueva Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos tampoco recibió en el pleno del martes la luz verde definitiva de la Corporación al toparse con dudas de naturaleza burocrática sobre la adaptación de su articulado a la normativa europea en ámbitos como el de la regulación del uso y distribución de bolsas de plástico, apartado que el consejero competente, Fernando Ramos, llevó en su propuesta sin ninguna modificación pese a haberse superado ya todos los contemplados en la redacción que como Emilio Carreira al frente de Medio Ambiente se le dio durante la primavera de 2017.

Así las cosas, la propuesta de aprobación definitiva de la Ordenanza ni siquiera se sometió a votación y presumiblemente deberá volver a Pleno en junio.

Si es así, quizá sea en julio, una vez publicada en el BOCCE, cuando entre en vigor una norma que multiplicará hasta por diez las multas que caerán sobre los cazados en comportamientos incívicos como sacar la basura a deshora o no recoger los excrementos de sus mascotas.

Si hasta ahora los sorprendidos por la Policía debían hacer frente a sanciones económicas de un máximo de 150 euros, con la Ordenanza nueva tendrán que pagar desde 750 hasta 1.500 (si no son reincidentes). En el caso de los menores, los padres responderán solidariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones “por no haber evitado como garante la comisión del hecho”. Los expedientes sancionadores ya iniciados continuarán tramitándose conforme a lo establecido en la vigente en el momento en que se cometió la infracción salvo que las disposiciones sancionadoras favorezcan al presunto infractor.

“Depositar los residuos fuera del horario establecido”; “la no recogida de los excrementos sólidos [y limpieza de los líquidos] de las mascotas por sus propietarios o acompañantes”; "dar de comer a los animales en la vía pública"; “abandonar muebles, enseres domésticos, trastos viejos, materiales residuales, procedentes de pequeñas reparaciones en los domicilios”; “la manipulación, extracción o rebusca” de basuras; “utilizar contenedores para residuos para los que no estén autorizados”; y “no separar o mezclar los residuos que se depositen en los contenedores cuando esté establecida la modalidad de recogida selectiva”, entre otras infracciones, quedarán tipificadas como faltas graves.

Cualquier persona podrá presentar denuncias o poner en conocimiento la existencia de un determinado hecho que pueda ser constitutivo de una infracción a lo establecido en la Ordenanza y pedir que se respete su anonimato.

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