En apenas unas horas, Ceuta y todo el país podrán decir adiós a las mascarillas en exteriores. Y es que dejarán de ser obligatorias en exteriores a partir de este jueves en toda España, tras la publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de un real decreto del Ministerio de Sanidad por el que se elimina su obligatoriedad, al haber mejorado la situación epidemiológica.
De hecho, según el Ministerio de Sanidad, desde el 21 de enero se ha producido un descenso rápido de la incidencia, que "se mantiene estable hacia el descenso progresivo", entre otras causas por los altos índices de vacunación contra el coronavirus y por las medidas de control de transmisión no farmacológicas adoptadas por la población.
La decisión de suprimir las mascarillas al aire libre se adopta al constatar que tienen un impacto mayor en los espacios interiores en los que se reúnen personas que no conviven habitualmente y en grandes aglomeraciones.
No obstante, deberán usar siempre mascarilla las personas mayores de 6 años, independientemente de la distancia de seguridad, en los siguientes supuestos:
Sí que hay algunos grupos a los que se exime de esta obligación. Por ejemplo, a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Además, en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias o en espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad.
También se exime de su uso en las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre que la cobertura de vacunación contra la Covid-19 sea superior al 80% con pauta completa y de la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con discapacidad, ya que en este caso sí es obligatorio el uso de mascarilla.
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