Nuevos repuntes de exportación indebida en la frontera reanudarían los decomisos

Compradores a los que se retiró mercancía hace meses se preguntan ahora dónde están sus compras y aseguran que las autoridades ponen trabas a su devolución.

Atrás quedaron los colapsos masivos de porteadores en el acceso peatonal al paso fronterizo del Tarajal –lado español–  de finales de 2013 y principios de este año; los portes de mercancía decomisada a bordo de la temida ‘furgoneta blanca’ de la Guardia Civil ; o los rostros de confusión de las personas a las que se les retiraban las compras levantándoles un acta por no “presentarlas para su despacho en las oficinas de aduanas o en los lugares habilitados por la Administración Aduanera”. Meses después de aquellas confiscaciones generalizadas efectuadas por el Resguardo Aduanero de la Guardia Civil en el Tarajal, porteadores, empresarios y clientes se preguntan para qué sirvieron aquellos controles.
“Cabe señalar que los repuntes ocasionales de estos tráficos registrados a finales del año pasado por el recinto de Tarajal”, explicó la Delegación de Ceuta de la Agencia Tributaria (AEAT) en relación a aquellos que no están acompañados de documentación fiscal y aduanera, “han desaparecido en la actualidad”. De acuerdo con esta argumentación, si los “repuntes ocasionales” se vuelven a producir en una frontera tan inconstante como demuestra el Tarajal en su tránsito, Aduanas reanudaría los decomisos generalizados  
Consultada al respecto,  la AEAT comunicó que toda “toda expedición comercial que pretenda exportarse a Marruecos por el recinto del Tarajal debe ir acompañada de la correspondiente documentación fiscal y aduanera, siendo estos extremos objeto de control por parte del Resguardo fiscal adscrito a la misma, que procederá, una vez validados, a permitir el despacho de exportación de las citadas mercancías”.
Esa documentación a la que alude el organismo público se trata de la factura de la compra en el caso de adquisición en el marco del régimen de viajeros –bienes y enseres para uso personal o familiar–; y el Documento Único Administrativo (DUA) porque, por el volumen de productos, se puede considerar expedición comercial.
Sin embargo, en el supuesto de que a Aduanas no le resulte posible verificar el cumplimiento de los requisitos para proceder a la exportación, “el Resguardo fiscal puede suspender el despacho manteniendo la mercancía en régimen de diferido a la espera de la remisión, en un momento posterior, de la documentación justificativa correspondiente, pasando a la situación de abandono tácito si finalmente no se produce la aportación de la documentación requerida o permitiendo la exportación de la mercancía si la misma se facilita y resulta conforme a la normativa”.
  Es decir, que si el comprador carece de la documentación que exige la AEAT perderá la compra y lo contrario si entrega acta de decomiso, factura de la compra y DUA. Ante el “abandono tácito” apuntado por la Administración, la mercancía se cedería a los bancos de alimentos cuando se aproxima la fecha de caducidad u organizaciones similares en el caso de textil. El último acto de donación de estas características tuvo lugar en diciembre de 2013, cuando el Banco de Alimentos recibió una tonelada de alimentos incautados en el paso fronterizo del Tarajal.  
Los propietarios de productos decomisados en esos “repuntes ocasionales” de hace unos meses señalados por la AEAT –adquiridos en su mayoría en los polígonos del Tarajal– aseguran que fueron a reclamar sus compras pero las autoridades les pusieron “muchas dificultades”, como puede ser el dueño de dos cajas de tabletas de chocolate –200 euros– o el propietario de un centenar de mantas.   

Para su recuperación   

“La Administración está mareando la perdiz”

1. La ‘furgoneta blanca’. Entre finales de 2013 e inicios de este año, los portes con confiscaciones efectuadas por la Guardia Civil se multiplicaron. Los dueños de bienes incautados critican que de la frontera se les mandaba a la Comandancia de la Guardia y de ahí a Aduanas, donde les decían que aún había mercancía sin registrar “y vuelta a empezar”.
2. Acta, factura y DUA. Tras personarse en la Comandancia de la Guardia Civil, el dueño de la mercancía tiene que presentar esta documentación en las dependencias de Aduanas en el Puerto para rescatar sus bienes. En cuanto al DUA, algunos comerciantes explicaron que se les puede pedir a ellos, pero no a un cliente.
3. ¿Cantidad devuelta? La Agencia Tributaria guarda silencio sobre la cifra de devoluciones o la cantidad incautada.

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