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El nuevo decreto elimina la restricción del número de comensales por mesa

El Gobierno de Ceuta tiene listo el nuevo decreto de medidas sanitarias que este mismo lunes se remite al TSJA y que contempla un escenario completamente distinto, adaptado a los prácticamente nulos contagios que se están produciendo en la ciudad. Así, ante una situación epidemiológica de nueva normalidad, en la hostelería el horario de cierre es el contemplado en las ordenanzas y en cuanto al aforo se fija el que esté autorizado con distancia de seguridad. Se eliminan las limitaciones de número de comensales, que hasta ahora se había fijado en 12 por mesa en terrazas y 10 en interior. Se sigue prohibiendo el consumo de tabaco o derivados si no se mantiene la distancia de dos metros. En el ocio nocturno, el nuevo decreto ya no contempla límite de aforo, actualmente estaba en el 65% en el interior. Se sigue permitiendo el uso de la pista de baile y se mantiene el control sobre los clientes aunque como recomendación.

En el ocio nocturno, el nuevo decreto ya no contempla límite de aforo

En los hoteles se mantiene la eliminación del límite de aforo siempre que se garantice las medidas de distanciamiento mientras que en los establecimientos comerciales el aforo está sin limitación. En los locales de apuestas ese aforo será el autorizado para mantener distancia de seguridad. En cuanto a las instalaciones deportivas, como parte de la actividad federada, se permite como máximo hasta el 100% del aforo en instalaciones al aire libre y hasta el 80% en las cerradas. En el caso de los gimnasios se eliminan las limitaciones. Las autoescuelas y academias podrán mantener el aforo permitido como en la actualidad y en el caso de las ceremonias religiosas el aforo es el adecuado para poder mantener distancia de seguridad, con el empleo de mascarilla y medidas de higiene. Las celebraciones mantendrán el aforo autorizado, eliminando las limitaciones por mesas de comensales. Si hay actuaciones musicales, podrán ser tanto en el exterior como en interior, algo que ahora estaba prohibido. Los espectáculos en locales cerrados se mantienen con el total del aforo autorizado, sin limitarse los integrantes en conciertos al aire libre ni en locales cerrados, que ahora estaban ceñidos a 40 y 35, respectivamente.
Este decreto recoge que siguen vigentes las medidas de uso de mascarilla.

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