El nuevo decreto anti-covid que el Gobierno de Ceuta anunció este lunes y que elimina la restricción del número de comensales por mesa ya ha entrado en vigor este martes con la publicación de un Boletín Extraordinario por parte del ejecutivo local. Este último paquete de medidas, las menos restrictivas hasta la fecha, ofrece mayor libertad tanto en celebraciones y conciertos como en el límite de aforo en los establecimientos de hostelería.
Los principales cambios son los siguientes: se eliminan las limitaciones de número de comensales, que hasta ahora se había fijado en 12 por mesa en terrazas y 10 en interior. Y ya no hay límite de aforo en el en el ocio nocturno, actualmente estaba en el 65% en el interior.
El uso de la pista de la baile sigue estando permitido y también se mantiene el control sobre los clientes, aunque solo como recomendación.Se sigue prohibiendo el consumo de tabaco o derivados si no se mantiene la distancia de dos metros. En cuanto al uso de la mascarilla tampoco ha variado: sigue siendo obligatoria en espacios cerrados y siempre y cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.
El resto de restricciones apenas varían desde el último decreto de medidas sanitarias para frenar el avance de la pandemia. Medidas apenas restrictivas y que más bien recuerdan a la vida anterior al coronavirus en la que el límite de aforo y las distancias de seguridad apenas tenían importancia.
Así, en la mayoría de actividades, deportes, conciertos, ocio, hoteles, y demás tipos de establecimientos se mantiene la eliminación del límite de aforo siempre y cuando se puede guardar la distancia de seguridad.
En hoteles, establecimientos comerciales y locales de apuestas el aforo será el autorizado para mantener distancia de seguridad.
En cuanto a las instalaciones deportivas, como parte de la actividad federada, se permite como máximo hasta el 100% del aforo en instalaciones al aire libre y hasta el 80% en las cerradas. En el caso de los gimnasios se eliminan las limitaciones.
Las celebraciones mantendrán el aforo autorizado, eliminando las limitaciones por mesas de comensales. Si hay actuaciones musicales, podrán ser tanto en el exterior como en interior, algo que ahora estaba prohibido.
Los espectáculos en locales cerrados se mantienen con el total del aforo autorizado, sin limitarse los integrantes en conciertos al aire libre ni en locales cerrados, que ahora estaban ceñidos a 40 y 35, respectivamente.
Consulte aquí todas las medidas publicadas en el BOCCE.
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