La Agencia Tributaria pondrá este miércoles a disposición de todos los posibles beneficiarios, incluyendo los de Ceuta, el formulario online para solicitar la nueva ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio que establece el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
De acuerdo con lo que señala el Real Decreto, los solicitantes tienen tiempo hasta el 31 de marzo para solicitar la ayuda y el plazo para el pago por parte la Agencia Tributaria es de tres meses a partir de entonces. Al respecto han adelantado, un día antes de que pueda iniciarse el trámite, que “el formulario se publicará en el apartado de información destacada de la sede electrónica de la Agencia (https://sede.agenciatributaria.gob.es).
Como dato importante se ha dado a conocer que “únicamente será necesario cumplimentar los datos identificativos y domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar, así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para hacer efectivo el pago de la ayuda”.
Hay que recordar que durante las semanas previas al inicio del plazo de solicitud, la Agencia Tributaria ya había habilitado el espacio en su web para la nueva ayuda a través de un bloque específico de preguntas frecuentes. Ahora, los servicios de ayuda incluirán folletos, vídeos explicativos, solución de dudas frecuentes, así como carteles informativos en las oficinas.
Un dato a tener en cuenta es que al igual que en el caso de la anterior ayuda de 200 euros, se requiere el alta de los solicitantes en el sistema ‘Clave’, que se puede realizar por internet, por videollamada o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
En cuanto a la ayuda, esta se concreta en un pago único de 200 euros para trabajadores por cuenta propia o ajena, así como beneficiarios de la prestación o subsidio de desempleo en 2022 que el pasado año no superasen los 27.000 euros brutos de renta y cuyo patrimonio, descontando la vivienda habitual, no rebasara los 75.000 euros.
Adicionalmente, como requisito se exige que los beneficiarios tengan residencia habitual en España en 2022.
Sobre el cálculo de importes, han señalado que “se debe sumar la renta y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: el propio beneficiario; su cónyuge o pareja de hecho; los descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros; y ascendientes hasta segundo grado por línea directa: padres y abuelos”.
Para finalizar, han aclarado que “como en el caso de la anterior ayuda de 200 euros, el objeto de este nuevo pago único es paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania en situaciones de vulnerabilidad económica no cubiertas por otras prestaciones de carácter social”.
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