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La norma de las ayudas a pymes y autónomos hace casi imposible su aplicación en Ceuta

Las consejeras de Hacienda de Ceuta y Melilla, Kissy Chandiramani y Dunia Al Mansouri, han pedido a los Ministerios de Economía y Hacienda que subsane (vía Orden Ministerial, Instrucción...) los defectos que se han detectado desde las ciudades autónomas en la redacción del Real Decreto 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 en virtud del cual se ha anunciado que el Ejecutivo de Vivas recibirá 13,8 millones de euros (1,6 más que la ciudad hermana) para repartirlos en ayudas directas a pymes y autónomos de 95 sectores especialmente afectados por la pandemia.

Las ayudas a empresas cubrirán el 40% de pérdidas a partir del 30%

Uno de los problemas que, si no encuentran respuesta de la Administración General del Estado, hará casi imposible el aprovechamiento de esos fondos en Ceuta y Melilla para pequeñas y medianas empresas radica en que la norma establece que van dirigidas a “los empresarios o profesionales y entidades cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019”.

Fuentes de la Ciudad han recordado que “salvo algunas excepciones, un sector fundamental y especialmente perjudicado por la pandemia como el del Comercio en Ceuta no tributa operaciones, con lo que no habría referente al que ceñirnos para demostrar esa caída”.

Entre las alternativas que han planteado Ceuta y Melilla para que los potenciales beneficiarios de las ayudas puedan acreditar su pérdida de negocio está evaluarla en función de su declaración de Sociedades o IRPF, pero en ambos casos sus ciclos de presentación se alargan o comienzan en verano, con lo que “el pago de las mismas podría demorarse hasta otoño cuando la necesidad de las mismas es acuciante e inmediata”.

El comercio en su mayoría no soporta IVA ni IPSI, referente obligado de cálculo

Los solicitantes deben demostrar que en 2020 declararon, como mínimo, un 30% menos que en 2019 y comprometerse a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022. No podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 ni aprobar incrementos en las retribuciones de alta dirección durante un periodo de dos años.

Autónomos y pymes podrán acceder a ayudas entre 4.000 y 200.000 euros, excepto los primeros que tributen en el régimen de estimación objetiva en el IRPF, que recibirán hasta 3.000 euros. Asimismo, para empresas o autónomos con régimen de estimación directa y con un máximo de 10 empleados cuyo volumen de operaciones haya caído más del 30% en 2020, la ayuda máxima que se concederá será del 40% de la pérdida a partir de ese porcentaje mínimo, cantidades que también hacer difícil que el montante se pueda agotar en la ciudad.

Para empresas o autónomos con más de 10 empleados, las ayudas directas serán del 20% del importe de las pérdidas en el volumen de operaciones en 2020.

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