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Ceuta multiplicará por diez las multas para los dueños de mascotas que no recojan y limpien sus deposiciones

El Gobierno de Ceuta, que preside Juan Vivas (PP), llevará este mes a la Cámara autonómica para su aprobación definitiva la nueva Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos de la ciudad autónoma, que tras más de dos años en fase de elaboración multiplicará por diez las sanciones previstas para comportamientos incívicos como no "impedir" o, en su caso, "recoger" y limpiar, las deposiciones de las mascotas, que llegarán hasta 1.500 euros y que hasta ahora no podían pasar de 150,25.

El texto de la norma, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, prescribe como "medida higiénica ineludible" que las personas que conduzcan perros u otra clase de animales por la vía pública "impidan que hagan sus deposiciones (orines y excrementos) en la vía pública". Si no son capaces "deberán, de forma inmediata retirar y recoger los excrementos que éstos depositen, debiendo, igualmente, proceder a la limpieza de la zona que hubiesen ensuciado".

Igualmente, en el caso de que que orinen en calle tendrán, "de forma inmediata" que "proceder a la limpieza de la zona que hubiese sido ensuciada". La Administración se compromete, sin fecha, a colocar "los equipamientos especiales para las deposiciones (orines y excrementos) de los animales de compañía, señalando los lugares habilitados, instalando los elementos de contención adecuados, y las señales preventivas e informativas necesarias para el mejor uso de los mismos".

Hasta entonces los propietarios de animales de compañía deberán "evacuar los excrementos de manera higiénicamente aceptable mediante la bolsa de recogida de residuos urbanos"; "recogerlos y tirarlos incluso limpiando la parte de la vía pública que hubiera resultado afectada"; y, "en el supuesto de que el animal se orinase en la vía pública", limpiar "de forma inmediata" el área ensuciada.

El texto también tipifica como falta grave, susceptible de sanciones por entre 750.01 y 1.500 euros, "dar de comer a animales en la vía pública".

La Ordenanza prohibirá expresamente "escupir en la calle y satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública", así como "el riego de plantas si con ello se producen derramamientos o goteos sobre la vía pública" o "sacudir prendas (manteles, mopas, trapos de limpieza y análogo) o alfombras desde ventanas, balcones o terrazas".

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