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¿Te multó este radar? Miles de conductores podrían recuperar el dinero

El dispositivo habría estado multando a partir de 80 km/h en un tramo donde las señales permitían circular a 100 km/h

Una posible discrepancia entre la velocidad utilizada por un radar de tramo para sancionar y la señalización existente en la carretera ha puesto en alerta a numerosos conductores. El caso podría afectar a conductores de Ceuta que circularon por la Península.

El caso afecta a un dispositivo ubicado en la A-7, entre los municipios gaditanos de San Roque y Algeciras, donde algunas multas habrían sido impuestas tomando como referencia un límite de velocidad distinto al que indicaban las señales verticales de la vía.

Según publicaba Marca, la situación ha cobrado relevancia después de que varias sanciones hayan sido revisadas y anuladas tras las reclamaciones presentadas por conductores afectados.

Esta discrepancia ha abierto el debate sobre el alcance real de esta incidencia y sobre cuántos expedientes podrían encontrarse en circunstancias similares.

Un radar bajo revisión

Según la información difundida por especialistas en derecho de tráfico, el radar de tramo habría estado registrando infracciones a partir de los 80 kilómetros por hora, mientras que en ese mismo recorrido existían señales que permitían circular a 100 kilómetros por hora.

La diferencia entre ambas limitaciones es precisamente el origen de la controversia. Para cualquier conductor, las señales instaladas en la carretera constituyen la referencia inmediata sobre la velocidad máxima permitida. Cuando esa información no coincide con el criterio utilizado por un sistema automático de control, pueden surgir dudas sobre la validez de las sanciones emitidas.

La anulación de algunas multas ha contribuido a aumentar esas dudas y ha llevado a muchos usuarios a preguntarse si podrían haber sido sancionados en circunstancias similares sin haber llegado a reclamar.

Qué deben comprobar los conductores afectados

Ante esta situación, los expertos recomiendan revisar con detalle cada expediente sancionador relacionado con este radar de tramo. Entre los aspectos que consideran fundamentales analizar figuran la fecha exacta de la infracción, la velocidad atribuida por el sistema de control, la señalización existente en el momento de los hechos y el contenido completo de la resolución administrativa.

Cada caso debe estudiarse de manera individual, ya que las circunstancias concretas pueden variar dependiendo del momento en el que se produjo la denuncia o de los documentos incorporados al expediente.

¿Es posible reclamar una multa ya pagada?

Una de las cuestiones que más interés ha despertado entre los conductores es si existe margen para revisar sanciones que ya han sido abonadas.

Los especialistas recuerdan que el pago de una multa no siempre cierra completamente la puerta a futuras actuaciones. En determinados supuestos, especialmente cuando aparecen elementos que pueden afectar a la legalidad o corrección del procedimiento sancionador, es posible analizar si existen vías para solicitar una revisión.

Por este motivo, quienes hayan recibido una sanción vinculada a este radar de tramo y consideren que pudieron verse afectados por una discrepancia entre la señalización y el límite aplicado por el dispositivo pueden valorar la conveniencia de examinar la documentación correspondiente.

Mientras tanto, el caso vuelve a poner el foco sobre la importancia de que los sistemas de control de velocidad y la señalización de las carreteras mantengan una total coherencia para evitar situaciones que puedan generar inseguridad jurídica entre los conductores.

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