El Juzgado de lo Penal número 2 tuvo que suspender una vista judicial prevista ayer con dos acusados por un delito de revelación de secretos y otro leve de lesiones, al estar implicados en la difusión vía WhatsApp de un vídeo de contenido sexual. La no comparecencia de un testigo provocó la suspensión de la vista, lo que llevó a que la titular del Juzgado diera orden de imposición de una multa de 200 euros que tendrá que abonar por haber causado estos perjuicios. La vista quedó señalada para otra jornada.
Los hechos que debían ser enjuiciados datan de septiembre de 2017, cuando el acusado B.T. mantuvo un encuentro en una vivienda con una mujer. Grabó un vídeo de contenido sexual que luego, sin el consentimiento de ella, envío por la aplicación de WhatsApp a su novia, S.M.D.
Esta al recibir esa grabación agredió a quien es víctima de todo esto, causándole lesiones leves que tardaron siete días en curar. Por eso se le acusa de un delito de lesiones de carácter leve y Fiscalía le pide por ello el pago de 180 euros, además de la indemnización correspondiente por los daños sufridos.
Después de esa agresión, S.M.D. con ánimo de causar un perjuicio envió ese vídeo a otra persona, el testigo que debía haber comparecido ayer y no lo hizo. Por eso, junto a B.T., están acusados de un delito de revelación de secretos por el que Fiscalía pide a los dos una pena de 1 año de prisión.
La situación conllevó un perjuicio a quien terminó convirtiéndose en protagonista de una grabación difundida sin su consentimiento.
Pagará 900 euros por aparecer en la despedida de la novia de su ex
S.L.C. tendrá que pagar 900 euros en concepto de multa después de haber sido condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta por un delito de daños. La acusada se conformó con la pena tras reconocer los hechos cometidos el 22 de julio del año pasado, cuando se presentó en la despedida de soltera de la futura esposa de su expareja, la cual se celebraba en la casa de la madre de ésta, donde llegó en actitud “agresiva”, según relata el escrito de acusación, golpeando enseres de la vivienda, tirando jarrones, sillas y otros objetos al techo de la vivienda, causando daños por valor de 4.000 euros.
Además de la multa impuesta, la ya condenada deberá abonar las costas procesales tasadas en 800 euros, quedando eliminada la responsabilidad civil, cifrada en el valor de los daños, después de que la acusación particular prefiriese renunciar a ella.