Multa por engañar a un ceutí: nunca le instaló las ventanas acordadas

Solo entregó los marcos de las ventanas tras cobrar un anticipo de 1.500 euros aportado por la víctima

La magistrada titular de la Sección de lo Penal número 1 del Tribunal de Instancia de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre como autor de un delito de apropiación indebida. El fallo se produce tras la conformidad del acusado, quien reconoció los hechos en sede judicial tras haber engañado a la víctima con la instalación de unas ventanas.

El condenado aceptó una pena de 2 meses y 29 días de prisión, que sustituye al pago de una multa de 5 meses y 28 días, con una cuota diaria de 5 euros.

En caso de impago, se establece una responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas no satisfechas.

Asimismo, el tribunal ha apreciado la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, al haber consignado parte de la responsabilidad civil. El acusado ha abonado ya 1.500 euros, quedando pendiente el pago de otros 1.000 euros por haber engañado con la colocación de unas ventanas.

Encargo incumplido tras acuerdo por WhatsApp

Según los hechos probados, la víctima contactó con el acusado a través de la aplicación WhatsApp, alcanzando un acuerdo para la instalación de cuatro ventanas de aluminio con cristal tipo Climalit y una puerta con salida a un patio interior.

El presupuesto total del trabajo ascendía a 2.900 euros, cantidad que incluía tanto los materiales como la ejecución de la obra en una vivienda situada en la calle general Aranda.

El 3 de febrero de 2025, ambas partes se reunieron en la plaza alcalde Sánchez Prado, donde la víctima entregó al acusado 1.500 euros en efectivo como anticipo para el inicio de los trabajos.

Ejecución parcial y ánimo de lucro

Sin embargo, transcurrido aproximadamente un mes desde la entrega del dinero, el acusado no cumplió con lo pactado. Únicamente depositó en la vivienda los marcos de las ventanas, sin proceder a su instalación ni completar el encargo.

La sentencia considera acreditado que el acusado actuó con la intención de obtener un ilícito beneficio económico, incumpliendo deliberadamente sus obligaciones contractuales.

Estos hechos motivaron la denuncia por parte de la víctima y la posterior intervención judicial, que ha concluido con la condena firme del acusado.

Entradas recientes

Joaquín González, nuevo jugador de la AD Ceuta

La Agrupación Deportiva Ceuta encara el último día del mercado de fichajes haciéndose con nuevos…

01/09/2026

Sergio Aguilera: “Nuestra obligación es seguir ofreciendo a la ciudadanía estas pruebas”

Las consecuencias de la invasión migratoria acontecida en Ceuta a finales del pasado mes de…

01/09/2026

Intervenidas 9.900 cajetillas de tabaco procedentes de Tánger en un camión en Algeciras

Guardias Civiles de la Sección Fiscal y funcionarios de la Agencia Tributaria de la Aduana…

01/09/2026

El CGPJ refuerza el Tribunal de Instancia de Ceuta ante el aumento de agresiones sexuales

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, reunida en sesión extraordinaria, ha acordado…

01/09/2026

En extrañas circunstancias

Comienza el nuevo curso escolar en unas circunstancias insólitas e inimaginables. La irrupción masiva en…

01/09/2026

Las tres horas de reunión entre Sánchez y Felipe VI: ¿hablaron de la visita del Rey a Ceuta?

Con la cuestión de la visita del Rey a Ceuta en el aire, el presidente…

01/09/2026