Multa por engañar a un ceutí: nunca le instaló las ventanas acordadas

Solo entregó los marcos de las ventanas tras cobrar un anticipo de 1.500 euros aportado por la víctima

La magistrada titular de la Sección de lo Penal número 1 del Tribunal de Instancia de Ceuta ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre como autor de un delito de apropiación indebida. El fallo se produce tras la conformidad del acusado, quien reconoció los hechos en sede judicial tras haber engañado a la víctima con la instalación de unas ventanas.

El condenado aceptó una pena de 2 meses y 29 días de prisión, que sustituye al pago de una multa de 5 meses y 28 días, con una cuota diaria de 5 euros.

En caso de impago, se establece una responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas no satisfechas.

Asimismo, el tribunal ha apreciado la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, al haber consignado parte de la responsabilidad civil. El acusado ha abonado ya 1.500 euros, quedando pendiente el pago de otros 1.000 euros por haber engañado con la colocación de unas ventanas.

Encargo incumplido tras acuerdo por WhatsApp

Según los hechos probados, la víctima contactó con el acusado a través de la aplicación WhatsApp, alcanzando un acuerdo para la instalación de cuatro ventanas de aluminio con cristal tipo Climalit y una puerta con salida a un patio interior.

El presupuesto total del trabajo ascendía a 2.900 euros, cantidad que incluía tanto los materiales como la ejecución de la obra en una vivienda situada en la calle general Aranda.

El 3 de febrero de 2025, ambas partes se reunieron en la plaza alcalde Sánchez Prado, donde la víctima entregó al acusado 1.500 euros en efectivo como anticipo para el inicio de los trabajos.

Ejecución parcial y ánimo de lucro

Sin embargo, transcurrido aproximadamente un mes desde la entrega del dinero, el acusado no cumplió con lo pactado. Únicamente depositó en la vivienda los marcos de las ventanas, sin proceder a su instalación ni completar el encargo.

La sentencia considera acreditado que el acusado actuó con la intención de obtener un ilícito beneficio económico, incumpliendo deliberadamente sus obligaciones contractuales.

Estos hechos motivaron la denuncia por parte de la víctima y la posterior intervención judicial, que ha concluido con la condena firme del acusado.

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