A veces, las multas no solo duelen en el bolsillo, sino también en el orgullo. Esto es lo que puede pensar el conductor sancionado recientemente por la Ciudad Autónoma de Ceuta tras haber aparcado en un sitio donde no debía: sobre la acera. Y como no fue posible entregarle la notificación en persona, su caso ha terminado publicado ni más ni menos que en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sí, como lo lees.
La historia comienza el 4 de marzo de 2025, cuando un agente de la Policía Local de Ceuta sorprendió a un vehículo estacionado en una zona exclusivamente peatonal. Nada de bordillo, ni línea discontinua ni duda razonable: directamente sobre la acera, en una zona no habilitada para vehículos. Un gesto poco cívico que activó el procedimiento sancionador correspondiente.
Según se detalla en el expediente, la infracción está recogida en el artículo 94 del Reglamento General de Circulación, que prohíbe estacionar en aceras, paseos o espacios destinados al tránsito peatonal. El caso fue tramitado conforme a la normativa vigente, y al no haber alegaciones ni pruebas que desmintieran lo ocurrido, se aplicó la sanción correspondiente.
El decreto firmado por el consejero de Presidencia y Gobernación, Alberto Gaitán, impone una multa de 200 euros al propietario del vehículo, identificado con su DNI. Eso sí, buena noticia entre comillas: no se le restan puntos del carnet. Pero lo que podría haber quedado en un mal rato y una notificación en el buzón ha terminado por hacerse público en el BOE por no haberse podido localizar al infractor.
Y aquí viene lo curioso. Como la notificación no pudo ser entregada personalmente, la Administración aplicó lo establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo Común y optó por la publicación oficial. Así, el 31 de julio de 2025, aparece este caso como ejemplo de cómo no aparcar.
Ceuta, como ciudad autónoma, actúa conforme a sus competencias en materia de tráfico, y esta resolución es firme en vía administrativa. Por lo tanto, el multado tiene dos opciones: presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes o acudir a la vía contencioso-administrativa en un máximo de dos meses desde que se considere notificado. En este caso, eso se traduce en el día siguiente a la publicación en el BOE.
Más allá de la sanción económica, esta historia sirve para recordar que aparcar en una acera no solo obstaculiza a los peatones y vulnera las normas de tráfico, sino que también puede acabar en el escaparate menos deseado: el Boletín Oficial del Estado. Porque las aceras son para caminar, no para dejar el coche un momentito.
Y no, no es un meme. Es Ceuta. Es real. Y está en el BOE.
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