El Consejo de Gobierno ha dado luz verde al Real Decreto por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia (BVD) y la escala de valoración específica para menores de tres años (EVE). Las modificaciones introducidas no implicarán el aumento o disminución del número de personas beneficiarias, sino una mejora en la fiabilidad y aplicabilidad del baremo. Este Real Decreto entrará en vigor un año después de su publicación. El nuevo baremo se aplicará a las personas que sean valoradas a partir de esta entrada aunque la solicitud de la valoración se hubiera producido con anterioridad.
Los menores de 3 años son valorados mediante la Escala de Valoración Específica para menores de tres años (EVE). Se establecen revisiones de oficio periódicas a los 6, 12, 18, 24 y 30 meses.
A partir del baremo de valoración de la dependencia, se establecen tres grados de dependencia. En primer lugar el Grado I o dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado. Grado II o dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador; y Grado III o gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial.
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