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Ceuta destinará más de 2 millones para familias vulnerables

La inclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad en Ceuta es uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, en colaboración con otros servicios públicos y privados del ámbito local, así como del tercer sector.

Es por ello, que la Consejería trabaja para el suministro de tarjetas destinadas a la adquisición gratuita de alimentos y otros productos para las personas participantes en el programa de Asistencia de Material Básico de la Ciudad cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus.

Un importante contrato que asciende a 2 millones de euros y que es de vital importancia para ayudar a personas vulnerables. La duración del contrato será de 3 años.

Deberán incluir medidas de acompañamiento a las personas usuarias de las mismas, complementarias a las desarrolladas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

La finalidad que tiene el contrato es la emisión y recarga de las tarjetas para la adquisición gratuita de productos considerados de asistencia material básica, restringiendo y/o delimitando en línea de caja los productos excluidos.

Además de la entrega de las tarjetas a los participantes del programa designados por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, se fomentará el apoyo en la activación de las mismas.

Habrá un servicio de atención a las personas usuarias de las tarjetas para la resolución de incidencias en el uso de las mismas a través de sus diferentes medios de contacto (teléfono, página web, aplicaciones de mensajería instantánea y/o correo electrónico). “Complementar el desarrollo de las medidas de acompañamiento a personas y familias participantes en el programa, implementadas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales”, se propone.

En este Programa se excluyen los siguientes productos alimentarios que no podrán ser adquiridos de manera gratuita con las tarjetas: todo tipo de bebidas y refrescos que contengan gas, azúcar o productos sustitutivos, bebidas alcohólicas de todo tipo, productos dietéticos, bollería y chucherías, agua embotellada, productos elaborados, a excepción de legumbre precocida y conservas.

En productos de higiene solamente se podrá adquirir los siguientes productos: jabón, champú, pasta de dientes, higiene femenina menstrual y pañales infantiles.

El resto de productos de higiene no determinados en la lista precedente quedarán excluidos de la adquisición gratuita con cargo a las tarjetas.

Características de las tarjetas

Serán tarjetas electrónicas que se puedan utilizar en todo el territorio de la ciudad. La forma de presentación podrá ser con soporte físico -plástico-, virtual -a través de una aplicación web- u otros soportes electrónicos. La elección del tipo de soporte corresponderá a la persona usuaria de la tarjeta.

Serán de uso personal e intransferible y deberán garantizar un sistema de alerta de uso indebido, blocaje y revocación; así como, adecuadas medidas antifraude y falsificación. Deberán ser nominativas y tener una codificación individual donde quede reflejado el historial de adquisición gratuita de productos para su posterior justificación.

Este historial tendrá que reflejar productos adquiridos, fecha, importe de los mismos, verificación de gasto ejecutado por tarjeta y establecimiento donde se haya realizado la operación.

La tarjeta actuará como monedero; es decir, no podrá estar vinculada a ninguna cuenta corriente de la persona usuaria. Tendrán que suministrarse con los siguientes cuatro importes de carga: 130, 160, 190 o 220 euros al mes.

Podrán ser usadas durante un período máximo de 12 meses, con posibilidad de prorrogar su validez. Podrán recargarse mensual o trimestralmente. El saldo no consumido se acumulará para su uso en meses posteriores hasta su vencimiento.

Deberá poder ser usada en los establecimientos sin discriminación respecto a otros clientes, no pudiéndose delimitar una o varias cajas para el uso de las personas usuarias del programa. “No podrán ser canjeables por dinero”, se especifica en el proyecto.

La solicitud y entrega de las tarjetas se podrá realizar con carácter semanal, quincenal o mensual, de acuerdo con las necesidades del programa.

En el momento de inicio del contrato, la solicitud de las mismas se podrá hacer con periodicidad semanal para dar entrada al mayor número de participantes en el programa; posteriormente, la demanda de tarjetas se podrá realizar con regularidad quincenal o mensual.

Las tarjetas serán entregadas por la adjudicataria a las personas usuarias de las mismas. “Como encargada del tratamiento de protección de datos personales, la adjudicataria deberá cumplir el deber de informar lo regulado en el Reglamento Europeo de Protección de Datos y de tratamiento de los datos singularizadamente, a través de las tarjetas o la app; siendo responsables del cumplimiento de dicha obligación”, se añade.

Las tarjetas solicitadas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tendrán que ser entregadas en los siguientes plazos: En caso de que el usuario hubiera optado por la emisión de una tarjeta en formato físico (plástico), deberá ser entregada por parte de la adjudicataria en un plazo no superior a siete días hábiles desde la solicitud.

En el caso de que el formato elegido fuera el de tarjeta digital, el plazo será de cinco días hábiles.

Los duplicados de tarjeta por robo, extravió o deterioro tendrán que reponerse en los mismos plazos según sean tarjetas físicas o virtuales.

Las renovaciones y recargas se tendrán que realizar en un plazo de tres días hábiles desde su comunicación.

Las personas usuarias de las tarjetas podrán acceder en igualdad de condiciones que el resto de clientes a todos los alimentos que la adjudicataria destine para la implantación de las tarjetas, con la única restricción de los alimentos prohibidos.

Asimismo, podrán acceder a los productos de higiene autorizados en el mismo anexo anteriormente referenciado. “El resto de productos de venta en los establecimientos quedarán excluidos de la adquisición gratuita con cargo a las tarjetas del contrato”.

El Programa Básico incluye una serie de medidas de acompañamiento que completarán el conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer la inclusión social de las personas y familias beneficiarias de la asistencia material básica.

Entre esas medidas se incluye que se facilitará información sobre los recursos sociales disponibles y sobre el acceso a los mismos.

Las claves

Contrato

  • Duración de 3 años. Un importante contrato que asciende a 2 millones de euros y que son de vital importancia para ayudar a personas vulnerables. Deberán incluir medidas de acompañamiento a las personas usuarias de las mismas, complementarias a las desarrolladas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Objetivo

  • Ayudar. La finalidad que tiene el contrato es la emisión y recarga de las tarjetas para la adquisición gratuita de productos considerados de asistencia material básica, restringiendo y/o delimitando en línea de caja los productos excluidos.

Adquisición

  • Los productos de higiene. En productos de higiene solamente se podrá adquirir los siguientes productos: jabón, champú, pasta de dientes, higiene femenina menstrual y pañales infantiles.

Tarjetas

  • Electrónicas. Serán tarjetas electrónicas que se puedan utilizar en todo el territorio. La forma de presentación podrá ser con soporte físico -plástico-, virtual -a través de una aplicación web- u otros soportes electrónicos.

Seguimiento exhaustivo para que se cumpla

A efectos de coordinación, la adjudicataria deberá designar a una persona coordinadora del contrato, perteneciente a su plantilla, que actuará como interlocutora única con la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Asegurará la calidad del servicio prestado, realizando labores de coordinación con la Consejería señalada; vigilando, en todo momento, el desarrollo de los trabajos y resolviendo los problemas que se planteen durante la ejecución del contrato. Garantizará el cumplimiento de todas las condiciones para ayudar a esas personas vulnerables.

Cualquier comunicación que deba mantener la adjudicataria con la Consejería habrá de hacerse a través de esta persona coordinadora del contrato.

De todas formas, La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ejercerá la supervisión y control necesarios para asegurar la adecuada prestación y funcionamiento del suministro.

Se desarrollará semestralmente una reunión de seguimiento y coordinación entre las personas responsables de la Consejería y de la adjudicataria, con el fin de realizar un seguimiento y desarrollo del suministro.

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