Seis meses de prisión y el pago de una multa de 900 euros es la sentencia que la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha dictado contra F.B., de nacionalidad marroquí, por un delito de uso de documento auténtico. La sentencia no incluye la petición del Ministerio Fiscal de prohibir su entrada en nuestro país durante un periodo de tres años.
El pasado 16 de noviembre, la acusada se encontraba en el control de embarque de la estación marítima, donde se identificó presentando un permiso de residencia y un pasaporte marroquí, que pertenecían a otra persona. La sentencia se fundamenta en que la acusada reconoció los hechos durante el juicio oral y admitió que intentó llegar hasta Algeciras identificándose con unos documentos que no le correspondían.
Además, durante la propia celebración de la vista la acusada pidió perdón reiteradamente por los hechos ocurridos. Otro de los fundamentos de derecho que constan en la sentencia alude a que los hechos declarados probados, como la exhibición a requerimiento policial de un documento perteneciente a una tercera persona, sin autorización ni legitimación de la misma, es constitutivo de un delito de falsedad.
En el juicio, F.B.aseguró que se encuentra tramitando la documentación para permanecer en territorio nacional, donde residen sus dos hijos, de 15 y 5 años respectivamente, ya que el padre de los niños, actualmente expareja de F.B., sí tiene nacionalidad española. La mujer tiene su residencia en Tetuán, aunque en la actualidad trabaja como empleada de hogar.
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