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Un médico condenado por lesiones imprudentes menos graves a un paciente

El acuerdo incluye el pago de 131.763 euros a cargo de la aseguradora

La aseguradora Segurcaixa Adeslas deberá indemnizar con 131.763 euros a J.C.L., después de que una intervención quirúrgica le provocara graves secuelas en el rostro.

Es la conformidad a la que se ha llegado hoy en el Juzgado de lo Penal número 2 contra el facultativo C.P., acusado de un delito de lesiones imprudentes menos graves.

Además de esta cantidad, que cubrirá la aseguradora de Ingesa y de sus trabajadores, el acusado deberá abonar una multa de 450 euros. Los hechos se remontan al 10 de febrero de 2014 cuando el paciente fue intervenido de una poliposis nanosinusal en el Hospital Universitario.

Durante la intervención surgió una complicación mayor, consistente en la sección de la arteria etmoidal anterior y la posterior aparición de un hematoma retrobulbar

En el escrito de acusación se recoge que el médico no llevó a cabo un tratamiento quirúrgico adecuado de las complicaciones acontecidas durante la operación y que le fue prescrita y administrada una medicación contraindicada en caso de hemorragia.

Como consecuencia de lo que el escrito asegura ser un “manejo incorrecto y demorado de las complicaciones intraoperatorias”, J.C.L. presenta como secuelas una afectación de la rama oftalmológica del nervio trigémino, una parálisis completa el músculo recto interno del ojo izquierdo y anestesia frontonasal de la misma zona, un trastorno adaptativo mixto y la desaparición de la cornea.

A consecuencia de la operación, el paciente perdió la córnea y sufre parálisis en la cara

En un principio el acusado iba a ser juzgado por un delito de lesiones imprudentes por el que el Ministerio Fiscal pedía dos años de prisión, además de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión durante cuatro años, la conformidad de los hechos por parte del facultativo modificó el delito a lesiones por imprudencia menos grave y al pago de 131.763 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria de la aseguradora. C.P. podrá seguir ejerciendo su profesión de médico tras esta sentencia.

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