Categorías: Opinión

Los tribunales nos dan lo que la Dirección nos quita

Este último mes hemos conocido dos buenas noticias para nuestros equipos jurídicos, cuyo esfuerzo ha logrado que los tribunales les dieran la razón en dos recursos. El primer triunfo de AUGC lo ha logrado el secretario general de AUGC León, Santiago Duarte, quien ha sido absuelto de la sanción que se le había impuesto por sus declaraciones realizadas durante la “llamada huelga de bolis caídos”.
La Dirección había considerado a Duarte como autor de unas manifestaciones públicas en asuntos del servicio y por este motivo había sido condenado a cuatro días de empleo y sueldo.
Ante este nuevo atropello al derecho a la libertad de expresión los servicios jurídicos de AUGC León, dirigidos por el letrado Francisco Viejo, elevaron en su día recurso de alzada contra esta falta disciplinaria y ha sido estimada. Por lo que ha quedado “nula la sanción impuesta”. Según la resolución el sancionado en sus declaraciones «expresa el parecer, la opinión, del entrevistado sobre las causas que originan la bajada del índice de denuncias “y concluye que por tanto «no se ha podido probar que se hayan suministrado datos relativos al servicio, que serían los elementos necesarios para integrar el tipo de falta leve finalmente sancionada”. Por todo ello el servicio de retribuciones deberá restituir a Santiago Duarte la cantidad que se le había retenido por la condena a los cuatro días haberes como consecuencia de la sanción que ahora ha sido anulada.
Para AUGC el derecho a la libertad de expresión que reconoce la Constitución “es un derecho de todos los españoles incluidos los guardias civiles, derechos que se intentan una y otra vez desvirtuar cuando se trata de ejercitarlos por este colectivo, por ello los guardias y sus representante seguiremos luchando para que estos sean reconocidos. Además consideramos que es contradictorio que sea nuestra Institución uno de los estamentos garantes de estos derechos y que a nosotros mismos se nos intente denegarlos bajo las coacciones de la apertura de expedientes disciplinarios”. 
Santiago Duarte, secretario general de  León considera que el expediente que se le incoó fue un expediente político como lo son los otros 13 abiertos a otros tantos dirigentes de AUGC a raíz de la manifestación del 18 de septiembre de 2010. Según Duarte el Ministerio del Interior Ministerio del Interior con estos expedientes ha tratado de complacer “al bunker militarista de la Guardia Civil, que tuvo que soportar a las mismas puertas de la Dirección General que miles de guardias civiles se manifestaran reclamando sus derechos, algo difícilmente soportable por quien tiene escasas convicciones democráticas, lo que les obliga a imponer sanciones aunque estas rayen lo absurdo.” ·Pero lo más grave, según el secretario general de AUGC León, es que esta vez han ido más lejos imponiéndose al poder político hasta tal punto de conseguir que se prohibiera el derecho de manifestación de los Guardias Civiles, derecho consagrado por la Constitución y con el aval de los Tribunales de justicia, lo que demuestra una vez más que la Guardia Civil vive en la democracia pero la democracia no encuentra acomodo en las altas esferas de la Guardia Civil. 
Como decimos en el titular de la información los Tribunales llevan ya muchos años reparando los daños económicos y morales que causa la Dirección General en estos trabajadores y sus representantes.
Este mes además de la sentencia favorable del secretario general de León, el TSJ de Andalucía ha fallado a favor del secretario de salud laboral de AUGC en Córdoba, al que le fue retirado el complemento retributivo de productividad correspondiente a diciembre de 2007, a propuesta del entonces teniente jefe del puesto de Palma del Rio y del capitán jefe de la Compañía de Córdoba.
El dirigente de AUGC cursó en su momento una solicitud al director general de la Policía y de la Guardia Civil, pero este desestimó su petición. 
Ahora han sido una vez más los Tribunales a los que ha tenido que rectificar la arbitrariedad de un mando a la hora del reparto de la productividad estimando el recurso que el secretario laboral interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que lo ha estimado, anulando la resolución y declarando el derecho del recurrente a percibir dicho complemento. Según el tribunal, los mandos del afectado no demostraron la existencia de razones concretas para adoptar dicha medida.

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