Cada vez más, a la opinión pública le llama poderosamente la atención el fenómeno consistente en que casi todo lo que construye la Administración Pública, experimenta un incremento de precio insospechado a la finalización de las obras.
Han contribuido a sensibilizar a la misma de manera decisiva, la denuncia de los medios de comunicación, así como el sistema judicial, especialmente tenaz con algunos comportamientos corruptos generadores de alarma social en esta época de tribulaciones económicas por las que atravesamos.
Desgraciadamente, es un fenómeno amplísimo como consecuencia de una ascendente crisis de valores, donde personas que desempeñan funciones públicas o privadas, violan sus propios deberes, bien por amistad o por dinero, obteniendo ventajas ilícitas para sí mismos o bien para terceros, ocasionando con su comportamiento, un grave deterioro tanto a la colectividad como al funcionamiento de las instituciones.
Manifiesta E. Cazzola en su obra: “La corruzione política in Italia” (1998), que cuatro elementos contribuyen a esta situación: 1) La violación de normas o reglas normadas. 2) El intercambio clandestino entre los agentes políticos y el sistema económico. 3) La apropiación de recursos de uso o de intercambio provenientes de las instituciones destinados a un fin ilegal. 4) El resultado deseado de modificar de hecho, las decisiones atribuidas a los poderes públicos.
Igualmente, merece la pena recordar las significativas palabras de GONZÁLEZ PÉREZ, J. en su artículo: “ LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS “ (ABC 15.8.1996, pag.34) en relación a este problema: ”Cuando llueven sobre las Administraciones Públicas condenas de resarcimiento derivadas de las gravísimas negligencias o de la soberbia y prepotencia de sus más altos rectores, cuando se acumulan los agujeros dejados en los caudales públicos por administradores corruptos, es necesario potenciar al máximo los procedimientos para hacer efectivas las responsabilidades patrimoniales cualquiera que sea el rango de los culpables………Sólo así el ciudadano medio volverá a tener confianza en la Justicia.
Cuando viera que, ante la pasividad de los políticos para exigir responsabilidades a sus antecesores en la detentación del poder, existía en el Estado una institución que velaba de verdad por la legalidad, el derecho de los ciudadanos y el interés público tutelado por la Ley………..
Debe tenerse en cuenta, que la Contratación Pública tiene una gran importancia, cualitativa y cuantitativamente, tanto en la vida económica española como a nivel mundial.
Las obras civiles de carácter público resultan en la mayoría de los casos extraordinariamente rentables, aunque este hecho, no se encuentre totalmente asumido por la sociedad.
Paradójicamente, parece que esa “rentabilidad” sólo es percibida muy anticipadamente por algunos sectores privilegiados, que son los que articulan los medios necesarios para efectuar en numerosas ocasiones un entramado de apropiaciones prioritarias, que nos conducen a tribulaciones económicas de carácter endémico.
El Libro Verde de la Contratación Pública en la Unión Europea: reflexiones para el futuro de la Comisión, mediante comunicación del 27.11.1.996, afirmó que “una política efectiva de contratación pública es fundamental para que el mercado interior alcance sus objetivos: generar crecimiento sostenido a largo plazo, crear empleo, favorecer el desarrollo de empresas capaces de explotar las posibilidades ofrecidas por el mayor mercado integrado del mundo y afrontar eficazmente la competitividad en los mercados globales y permitir que el contribuyente y los usuarios, obtengan servicios públicos de mejor calidad a menor coste”.
En otra versión más reciente (27.01.2.011), la Comisión Europea ha continuado con el segundo Libro Verde, basado en que en épocas de presupuestos reducidos, dificultades económicas y otras tribulaciones en casi todos los Estados Miembros, la política de contratación pública debe garantizar un uso eficaz de los fondos públicos con vistas a reforzar el crecimiento y la creación de empleo, requiriendo instrumentos flexibles, rápidos y fáciles de utilizar, que hagan transparentes y competitivas las adjudicaciones de contratos públicos por las autoridades europeas y sus proveedores.
La Comisión Europea plantea cuestiones tales como:
.¿Necesitamos normas más rigurosas o mejores salvaguardias para prevenir el favoritismo, la corrupción o los conflictos de intereses?
•¿Cómo puede garantizarse una competencia eficaz en los mercados de contratación pública?
•Por ejemplo, ¿cómo podría prevenirse la aparición de proveedores en posición dominante. La manipulación de licitaciones o el reparto del mercado entre los licitadores?
Es sabido que unas condiciones de competencia deficientes, conllevan un mayor esfuerzo económico para las entidades del sector público que contratan bienes y servicios, y por tanto, para los ciudadanos. El mismo texto se plantea en su apartado 2.5.: “Si las normas de la U.E. deberían proporcionar instrumentos específicos que permitan a los poderes adjudicadores tratar más eficazmente estos problemas”. Sin embargo, y a pesar de estos buenos propósitos, las obras del sector público, se ven afectadas también en la actualidad por un mal que parece inevitable: los presupuestos se ven superados muy ampliamente por el precio final, hasta el punto, que podría continuar el peligro de aumentar: suspensiones y paralizaciones de obras. ¿QUÉ SUCEDE?
•¿Los ingenieros desconocen como elaborar presupuestos?
•¿Los contratistas han olvidado cómo se construye una obra?
•¿Existen demasiados intereses económico-políticos?
•¿Surge a menudo una mala praxis en los intervinientes?
•¿Es que la corrupción se ha vuelto endémica?
Sobre todo lo anterior, y cuando en ocasiones tengo la fortuna de admirar EL ACUEDUCTO ROMANO EN SEGOVIA, siempre me han asaltado las mismas preguntas:
•¿Costaría más de lo que se presupuestó?
•¿Se apropiaría alguien del dinero engañando a la lejana Roma?
•¿Cuánto dinero ha producido en sus 2.000 años de existencia.
•¿Cuánto dinero produce en la actualidad como obra de arte histórica?