Los arquitectos de la Consejería de Fomento (Javier Arnaiz, José Pedro Pedrajas, Rafael González y Raúl Ruiz) han elaborado un informe de cuatro páginas para el Juzgado que instruye la causa abierta por la tramitación administrativa de la obra de la Gran Vía sin someterla a exposición pública con el fin, dicen, de “aclarar diversos aspectos que se están poniendo en duda respecto a las actuaciones que se están llevando a cabo”. La conclusión de su exposición es que “el proyecto se ajusta a la normativa vigente y a las características de un proyecto de obra ordinaria”.
Las diligencias pretenden esclarecer la posible comisión de un delito contra la Ordenación del Territorio en conexión por prevaricación si se hubieran vulnerado a propósito y a sabiendas los procedimientos reglamentarios para acelerar la ejecución de las obras y poder tenerlas antes de las elecciones, como denunció Caballas.
Los cuatro firmantes del documento, estructurado en siete puntos, defienden que la obra “no contraviene el PGOU ni el Plan Especial de Reforma Interior ‘Gran Vía’ ni las Normas Urbanísticas vigentes” porque “no se produce alteración de alineaciones, rasantes, volúmenes, etcétera, de las parcelas edificables, no se generan nuevos solares ni se altera el uso del suelo”.
Respecto a la supresión de aparcamientos y el reajuste de acerados alegan que las Normas Urbanísticas hablan de un diseño “indicativo” sin vulnerar el PGOU y sobre la peatonalización de las calles Pepe Durán y Valentín Cabillas, que “no pierden su carácter de viario” ni existe “cambio de uso o alteración de aprovechamientos”.
“Los proyectos de urbanización”, como estima Caballas que es la obra, en cuyo caso tendría que haber pasado por fase de exposición pública, “tienen por objeto la transformación del suelo mediante el desarrollo de una figura de planeamiento, dotando a las parcelas de todas las infraestructuras necesarias para que las mismas pasen a ser solares y puedan ser edificadas”. Desde su punto de vista en el área afectada de Gran Vía, Jáudenes y Plaza de África “el planeamiento está plenamente ejecutado”. “Dado que estamos ante un proyecto que no desarrolla ningún Plan de Ordenación, ya que el planeamiento está plenamente ejecutado, se trata claramente de una obra municipal ordinaria”, razonan.
La defensa de Jesús Gentil, el técnico que fue citado como investigado a declarar antes que la jurídico de Fomento, Aurora Visiedo, y el arquitecto de Procesa responsable del proyecto, Ángel Moreno (estos dos últimos como testigos), ha remitido un escrito al Juzgado en el que reivindica que es la voz de estos arquitectos la que hay que escuchar.
A su juicio, “si de lo que estamos hablando es de discrepancias técnicas quizás sea más recomendable oír previamente a todos los arquitectos municipales de la Consejería de Fomento para saber su opinión sobre el particular y el fundamento técnico de las mismas, ya que son los profesionales que vienen dedicándose a calificar la tipología de las obras que se llevan a cabo en Ceuta”, razona.
Desde su punto de vista, “que la opinión de un técnico municipal deba ser revisada por un perito judicial que casi con total seguridad nunca habrá realizado un informe como el que ha de peritar nos parece, como dijimos ‘ut supra’, inútil, impertinente e innecesario”, menosprecia la representación del técnico la capacidad del peritaje encargado a Noelia Beltrán, colegiada del COACE, que en septiembre de 2017 pidió exposición pública del proyecto “dada su incidencia en un ámbito urbano de especial relevancia” y “para que se puedan presentar alegaciones al mismo”.
“Supongamos”, plantea como hipótesis la defensa, “que el perito judicial llega al convencimiento, según su criterio, de que las obras que se están llevando a cabo en la Gran Vía deben ser calificadas como un Proyecto de Urbanización. ¿Eso va a suponer que Jesús Gentil ha prevaricado? ¿Por qué?”, se pregunta.
Sus abogados han vuelto a solicitar esta misma semana que se “deje sin efecto” la pericial acordada, “máxime después de la contundente declaración testifical de Visiedo y el documento suscrito por cuatro arquitectos municipales de la Consejería que viene a suscribir la totalidad de los criterios y aspectos técnicos puestos de manifiesto por Gentil”.
El informe elaborado por los cuatro arquitectos de Fomento “aclara” que en las obras en ejecución, pese a su presupuesto millonario, solo se hacen trabajos de “pavimentación, sustitución de mobiliario urbano, alumbrado público, instalación de red de riego e hidrantes, jardinería y señalización”, pero “no se realiza una nueva red de distribución de energía eléctrica (solo se implantan canalizaciones) ni de saneamiento (tan solo se recrecen los pozos y las arquetas) ni de distribución de agua potable (tan solo se deja prevista una nueva conducción paralela a la existente para el futuro) y la red de pluviales se modifica para adaptarse a la nueva pavimentación”. Por tanto, alegan, no engloba “todos los grupos de obras” de las Normas Urbanísticas.
La defensa de Gentil considera que en el estado actual de la causa hay una pregunta que, “disipadas las sospechas penales creadas deliberadamente” por Caballas, hay que responder. Se trata de “qué sentido tiene que, sin más, un perito judicial evalúe la corrección del informe de un arquitecto municipal” y si “a partir de ahora todos los informes de técnicos municipales van a ser revisados por un perito judicial cuando un grupo político discrepe, a su entender, de su contenido”. Para la representación legal del técnico “esa forma de proceder, además de conculcar el principio de intervención mínima del Derecho Penal, supone una actuación totalmente prospectiva al intentar utilizar la fase instructora para buscar la existencia de un ilícito donde a priori no existe”. A sus ojos la denuncia solo puso de manifiesto “la opinión discrepante de un grupo político sin fundamento técnico” y además “para aderezar esa discrepancia política de personas legas y no técnicas en materia de urbanismo, se intentó de forma malintencionada intentar sembrar algún tipo de sospecha penal aludiendo a [Gentil] como la persona buscada ‘ad hoc’ por el Gobierno para saltarse deliberadamente el procedimiento administrativo” que reclaman los de Ali.
Urbano consolidado: Sin “transformación”. El dictamen de Arnaiz, Pedrajas, González y Ruiz apunta que en la Gran Vía y su entorno “estamos en suelo urbano consolidado en el que no es necesaria la transformación urbanística, ya que está dotado de todos los servicios necesarios, no existiendo reparto de cargas y beneficios”. “Tampoco”, añade, se está produciendo la apertura o reforma del viario (no hay cambios en el trazado, soterramientos, nuevos enlaces...), produciéndose solo una nueva pavimentación”.
Caballas: “Objetividad". La representación de Caballas ha pedido que el escrito de los “compañeros” de Gentil no sea remitido a la perito judicial designada porque “se estaría afectando su imparcialidad por la presión ambiental que comportaría, afectando gravemente a su objetividad y poniendo en tela de juicio el hipotético informe a elaborar y su imparcialidad”.
COACE: Exposición. El Colegio de Arquitectos pidió a la Ciudad hace año y medio sin éxito que sacase a exposición pública el proyecto de Gran Vía “dada su incidencia en un ámbito urbano de especial relevancia” y “para poder presentar alegaciones al mismo”.
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