Los aforamientos y otros privilegios

El desembarco en Madrid de los separatistas del nordeste el día de la votación en el Congreso del suplicatorio de Francesc Homs para tratar de impedir que pueda ser juzgado por el Tribunal Supremo, en plan “Los 7 magníficos”, porque Puigdemont avisa al PP y al PSOE que “votar el suplicatorio dificultará el diálogo con Cataluña”, verdaderamente es un espectáculo vergonzoso y que muestra cómo sería el país imaginario gobernado por estos arribistas. Parece sacado de una película de Berlanga aunque creo que degeneraría en una de Quentin Tarantino. No se lo podría explicar a ninguno de mis colegas extranjeros. Homs antes era Consejero de Presidencia de la Generalidad y ahora es Diputado. Artur Mas dirigiéndose al PSOE les pide una reflexión sobre si “es digno hacer Presidente a Rajoy y mandar a juicio a Homs” la causa contra Homs, aducen, tiene un contenido político y la Cámara debería denegarlo “la decisión de los votantes catalanes va a ser violentada, un Estado no puede invalidar la decisión de un representante democrático por haber tenido el coraje de cumplir un compromiso electoral aunque suene algo extraterrestre esto es la democracia”, según palabras del Presidente de la Generalidad de Cataluña. El tal Arturo, dice que “el suplicatorio y el juicio es un sinsentido, una sin razón y una vergüenza para España”. Por supuesto han estado arropados por los etarras de Bildu y los comunistas de Podemos. Pero el aforamiento que es un privilegio, no es lo que han venido a defender esta panda, sino a echarle un pulso a la Justicia, donde un Tribunal acusa a Homs por los delitos de prevaricación y de desobediencia. Realmente han venido a poner obstáculos para defenderse ellos mismos porque están en la lista siguiente. ¡Qué nivel de ciudadanos! Pero ¿por qué ocurre esto? Porque en España existen privilegios del aforamiento para unas diez mil personas a diferencia de otros estados democráticos como Italia o Alemania donde solo goza del privilegio del aforamiento el presidente de la República, en Francia, además del presidente de la República están aforados los miembros del gobierno.
El aforamiento de acuerdo con la Constitución es un privilegio del que gozan los miembros de las Cortes Generales e integrantes del Gobierno que no sean parlamentarios y que implica que en los procesos penales, no sean juzgados por los tribunales ordinarios , como determina el artículo 117.3 de la CE sino por el Tribunal Supremo. El privilegio del aforamiento ha sido extendido a través de la Ley orgánica del Poder Judicial a pleitos civiles y ha incluido a los Presidentes del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, a los Vocales del Consejo General del Poder Judicial, a los Magistrados del Tribunal Constitucional, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, al Fiscal General del Estado, al Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas, a los jueces y fiscales, al Defensor del Pueblo y a sus dos adjuntos, así hasta diez mil personas resultan aforadas en España, (2500 cargos públicos y unos 7.500 jueces y fiscales) que deben ser juzgados por el Tribunal Supremo o por los Tribunales Superiores de Justicia, lo que es una barbaridad en el sentido cuantitativo y cualitativo ya que se aparta del principio que prescribe la CE que “el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes”, y además no está justificado por la función que cumplen dichas personas, ya que en el ámbito penal el aforamiento se limita a los hechos cometidos en el ejercicio del cargo y en el civil no se aprecia que menoscabo padecen las funciones institucionales por el hecho de que las demandas de responsabilidad sean competencia de los tribunales ordinarios. El TC ha señalado que debe rechazarse el uso de las prerrogativas de forma que suponga evitar el procedimiento legalmente previsto para cualquier otro ciudadano. El aforamiento, en mi opinión no tiene justificación alguna, implica la suposición de que unos tribunales son más justos que otros, cuando en realidad es un intento de proteger a ciertos cargos al ser juzgados por tribunales compuestos por magistrados elegidos por los partidos políticos que son los que dirigen el Consejo General del Poder Judicial .
Seguimos sumando privilegios de los parlamentarios, la inmunidad, que existe en todos los países democráticos a excepción del Reino Unido y de Estados Unidos. La CE en su artículo 71.2 estipula “Durante el periodo de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva”, por lo que cuando Diputados o Senadores son acusados de un delito y sus compañeros acuerdan levantar la inmunidad atendiendo al suplicatorio presentado por la Justicia ante la Cámara respectiva, no son juzgados por los tribunales ordinarios sino por el Tribunal Supremo. La inmunidad en principio perseguía garantizar que el parlamentario no sea apartado de sus funciones con finalidades exclusivamente políticas, (asistir a plenos, participar en una votación, etc.) surtiendo efecto en tanto la persona es parlamentaria, pero ahora en nuestro ordenamiento incluye cualquier delito, lo que es absurdo, siendo impropia de un estado con una Constitución moderna. En Holanda no se admite la inmunidad; en Francia no opera si el parlamentario, presuntamente, ha cometido un crimen y en otros países como Alemania, Finlandia, Italia, Luxemburgo o Suecia no es necesario el suplicatorio para que puedan ser procesados diputados o senadores.
El privilegio de la inviolabilidad es un suma y sigue de los privilegios de que gozan en España determinados cargos. “Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones” (CE: Art.71.1), implica la exención total de responsabilidad (penal, civil, administrativa o laboral) por las opiniones o actos realizados en el ejercicio de sus funciones representativas, es decir, se pretende proteger la función, no a la persona y no opera de acuerdo con el TC “cuando los actos hayan sido realizados por su autor en calidad de ciudadano (de “político” incluso) fuera del ejercicio de competencias y función que le pudieran corresponder como parlamentario”, por lo que no serían perseguibles las declaraciones realizadas en una sesión parlamentaria, aunque puedan resultar ofensivas, pero sí si se hacen fuera del parlamento, por ejemplo en una rueda de prensa o en un mitin. Otra de las prerrogativas de la inviolabilidad es su carácter perpetuo, no se puede demandar al parlamentario una vez que ha dejado de serlo por las manifestaciones realizadas en el ejercicio de su anterior función.
Hemos hecho abstención en relación a los privilegios anteriormente citados de los que corresponden al Jefe del Estado, por salir de los márgenes de la idea de este trabajo. Sin embargo existen otros “privilegios” para otras personas no regulados en ley alguna pero consentidos por jueces y regidores de ayuntamientos debido a la complejidad desde el punto de vista jurídico. El hecho reciente de una viuda que al llegar a su casa se la encuentra ocupada por extraños y que llama a su hijo que acude en auxilio de su madre y tiene que negociar con los “okupas” porque el extraño les amenaza de que en caso de llamar a la policía, la casa la devolvería aproximadamente al cabo de unos tres años, tiempo al parecer normal para esta clase de procedimientos por lo que el hijo se aviene a pagar al “okupa” y recuperar la casa para su madre. La alcaldesa de Madrid junto a su grupo parlamentario ve normal no punir este tipo de asaltos a la propiedad privada. Estos “okupas” son también unos seres privilegiados ya que el “okupa” se convierte en sujeto de derecho a protección por lo que tiene que ser expulsado mediante orden judicial y la recuperación ya sea por la vía civil o la penal (allanamiento de morada, usurpación de inmueble), significa tiempo y dinero.
De la misma forma gozan de privilegio los jueces que van a la política y si no se les complace en sus ambiciones se vuelven a sus juzgados pudiendo juzgar a los responsables de no haber conseguido el fin por el que dejaron su juzgado. La denominada “puerta giratoria”. O bien, los políticos que dejan la política y acceden a un consejo de administración de una empresa para actuar como “loby” en la Administración Pública debido a los contactos que tiene por su pasado político.
La Constitución está trufada de privilegios, no olvidemos tampoco el Cupo vasco y el Convenio navarro que permiten tener a estas dos CC.AA. una financiación muy superior a las denominadas de territorio común. Ni por supuesto el trato a los nacionalistas vascos y catalanes que exigen competencias exclusivas del Estado, nombran “ministro de exteriores”, en el caso de Cataluña, que es quien recibe a la vicepresidenta del gobierno nacional, e incluyen cerca de seis millones de euros para realizar un referéndum ilegal, sin que el citado gobierno nacional mueva, por ahora, un solo dedo en contra.
Estoy en contra de cualquier clase de privilegio, siendo la igualdad ante la ley la única igualdad positiva. Como liberal no creo ni me interesa otro tipo de igualdad. La letanía que pregona la izquierda de la igualdad ya hemos visto en el comunismo lo que significa. Afortunadamente no somos iguales. Con nuestro talento hemos de elegir modos de vida diferentes los unos de los otros y con nuestros méritos ocupar el lugar que merecemos en la Sociedad. Hace años realicé un viaje a Cuba con objeto de conocer el sistema económico cubano antes de que falleciera el dictador Castro, creyendo por aquél entonces que ya le faltaba poco para ir por supuesto al cielo, iluso de mí, sin pensar que el de arriba tampoco querría tenerlo por allí y nos lo “prolongaba” aquí. Allí me enteré de que efectivamente era un país con pleno empleo, claro que el sueldo mensual de, por ejemplo, un Doctor en Medicina era de 20 euros. ¿Es esa la igualdad que queremos?, claro que el amigo Fidel tenía una fortuna valorada en 800 millones de euros mientras el pueblo estaba empobrecido totalmente. Ya vemos que ni siquiera en Cuba han sido todos iguales. Cuestión de privilegios.

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