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Estos ceutíes cobrarán ayuda de 'Ceuta Resiste' por ERTE en 2020

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publica en su edición de este martes el listado provisional de ceutíes beneficiarios de las ayudas a través del programa 'Ceuta Resiste Empleo' para aquellos trabajadores que se encontraban en situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) entre el 14 de marzo y el 30 de noviembre de 2020 como consecuencia de la crisis COVID-19 en Ceuta.

Este es el listado provisional de trabajadores afectados por ERTE

Procesa explica en la resolución que Se fija una cuantía inicial de subvención de seis euros diarios, por los días que el beneficiario haya permanecido en ERTE, durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de noviembre de 2020. Para el cálculo de la ayuda total a recibir por el beneficiario no computarán los 30 primeros días en situación de ERTE. La ayuda se hará efectiva en un solo pago. En caso de ERTE parcial la ayuda será proporcional al mismo. Mediante Resolución de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad de Ceuta de fecha 22 de diciembre de 2020 publicada en el BOCCE de fecha 1 de enero de 2021 se aprobaron las Bases Reguladoras Específicas, así como la correspondiente convocatoria de un régimen de ayudas, mediante el procedimiento de concesión directa, destinado a paliar los efectos que, sobre la liquidez de empresas, autónomos y empleados en situación de ERTE, tienen las limitaciones derivadas del estado de alarma decretado por Real Decreto 926/2020.

Alegaciones y procedimiento de pago

Si pasados cinco días naturales desde la publicación de la Propuesta de Resolución Provisional, no se presentara ninguna alegación, la misma se convertirá en definitiva, tomándose la no presentación de alegaciones como expresión tácita de la aprobación por parte de los beneficiarios. Si se presentaran alegaciones, las mismas se resolverán en informe único. Los resultados de dicho informe modificarán, si procede la relación final que se elevará a Resolución Definitiva. La Resolución Definitiva será así mismo Resolución de pago y se publicará en el BOCCE y en la BDNS. Tras la publicación de la resolución Definitiva en el BOCCE, se activará el procedimiento de pago. Procesa se reserva el derecho a realizar antes, durante y después de la instrucción del expediente cuantas comprobaciones e inspecciones considere oportunas para garantizar el correcto cumplimiento de las presentes bases.  

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