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Publican el listado de beneficiarios de ayudas al alquiler de viviendas

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) Extraordinario Nº92 publicado este viernes 3 de diciembre da cuenta de que la Consejería de Fomento y Turismo se han resuelto de manera definitiva las convocatorias de las ayudas del Programa de Alquiler General de Vivienda del Plan Estatal de Vivienda correspondiente al ejercicio 2021. El monto total al que ascienden estas ayudas es de 318.000 euros, en el caso de los apoyos con carácter general, y de 165.600 euros, en aquellas ayudas al alquiler destinadas para población joven, tal y como se puede constatar en el listado de beneficiarios de ambas ayudas.

Consulte el BOCCE Extraordinario Nº92

En promedio, la mayor parte de las solicitudes se han resuelto otorgando una ayuda de entre 2.000 a 3.000 (considerando todo un año de alquiler de vivienda), siendo la cifra mayor de 4.680 euros. Del mismo modo, el BOCCE también informa sobre aquellas solicitudes que han sido denegadas que son 13, en el caso de la convocatoria general, y 10 en el caso de las ayudas para jóvenes.

Sobre la cuestión del importe, el BOCCE indica que: "El número de beneficiarios y la cuantía del importe máximo de subvención a percibir durante el ejercicio 2021 se ha establecido en atención a las fechas de celebración de los contratos de arrendamiento, importe de la renta y límite presupuestario establecido para el ejercicio,  habiéndose ajustado el importe de la subvención máxima correspondiente al último de los beneficiarios seleccionados al crédito disponible. No obstante, una vez determinado el importe definitivo de los pagos a realizar a los beneficiarios, podrá incrementarse el importe de la subvención objeto de ajuste, hasta el importe que le hubiera correspondido de existir crédito para ello, para lo que se efectuará resolución complementaria al presente acto, notificándose de Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N 982 forma individual a las personas afectadas".

A partir de esta publicación los beneficiarios cuentan con un plazo de 15 días hábiles para aportar la documentación que ahora se les requiere a través de la sede electrónica o presencialmente en las oficinas de Registro General de la Ciudad Autónoma.

 

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