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Esta es la lista definitiva para 3 plazas de arquitecto de la Ciudad

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) de este martes 1 de octubre contiene el decreto del consejero de Presidencia y Gobernación, Alberto Gaitán, por el que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión de 3 plazas de Arquitecto, mediante el sistema por oposición libre.

Se hace referencia a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1 de funcionario, mediante el sistema de oposición por oposición libre, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de la Ciudad de Ceuta para el año 2020 (1 plaza) y 2022 (2 plazas), vacante en la plantilla de funcionarios de la Ciudad. Esto de acuerdo con lo que se establece en el documento.

Fue el pasado 19 de enero cuando se cumplió el plazo de reclamaciones a la lista provisional y ha sido este 1 de octubre cuando ha sido publicado el listado definitivo con un total de 12 admitidos.

También se han dado a conocer los nombres de las tres personas que han sido excluidas del proceso de selección, así como los motivos de la exclusión.

De igual manera, quedan reflejados en el documento los nombres de quienes integran el Tribunal Calificador.

De acuerdo con lo que se señala en el BOCCE, el tribunal se constituirá el próximo 11 de octubre de 2024, a las 10:00 horas, en el Negociado de Recursos Humanos.

Otro dato importante para quienes interesados es que el anuncio de la fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio se publicará en el Tablón de Anuncios

de la Ciudad de Ceuta.

También se señala que “contra el presente acto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde su notificación o, en su caso, desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se podrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley”.

Los interesados en consultar el BOCCE completo pueden PINCHAR AQUÍ.

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