N.K.A. se sentó ayer en el banquillo de los acusados por un delito de robo con violencia, otro de tenencia ilícita de armas y un tercero de lesiones. Sin embargo, una vez abierto el procedimiento abreviado que pretendía enjuiciarle en una vista oral, el abogado de la defensa agregó como cuestión previa que los delitos a los que se enfrentaba su representado ya habían prescrito, amparándose en los artículos 131 y 132 del Código Penal.
Y es que los hechos por los que el acusado se enfrentaba a la justicia se remontan al 10 de marzo de 2013, cuando según se detalla en el escrito de acusación se dirigió al establecimiento comercial ‘Mini Súper’, en la calle Teniente Coronel Gautier, donde con ánimo de obtener un beneficio ilícito, roció con spray pimienta en la cara a L.P. y le golpeó en la nariz, logrando apoderarse de la caja registradora que contenía 500 euros.
Por estos hechos se le solicitaba a N.K.A. cinco años de prisión por el delito de robo con violencia, dos años más por el de tenencia ilícita de armas -el spray pimienta- y una multa de 1.200 euros por el delito de lesiones, ya que fruto de la agresión, L.P. sufrió lesiones consistentes en una contusión nasal que tardó en curar 10 días impeditivos.
Tras la fecha de lo ocurrido, el acusado se dio a la fuga, sin que la justicia lo pudiera enjuiciar, ya que los delitos por los que se le acusaba superaban los cinco años de prisión. Sin embargo, tras cinco años sin saber de él, ayer atendió al llamado de la justicia, presentándose en la Sala de lo Penal número 2 en calidad de acusado.
Fue en al comienzo de la vista oral cuando su abogado se amparó en el artículo 131 del Código Penal donde se extrae que los delitos cuyas penas alcanzan hasta los cinco años de prisión prescriben a los cinco años, refiriéndose al de robo con violencia y en el caso del de lesiones, a los seis meses.
Tras la exposición de la Defensa, el Ministerio Fiscal no se opuso a libre absolución del acusado, reconociendo que los delitos, tras la reforma del Código Penal en el momento de su comisión, habían prescrito.
La jueza, que revisó a detalle todos los documentos de la causa, comprobó que la Defensa llevaba razón al percatarse que debido a la fuga del acusado, no se le había podido practicar enjuiciamiento alguno, por lo que eximió de la responsabilidad criminal a N.K.A. por la prescripción de estos tres delitos a los que se enfrentaba.
En este caso, no hizo falta valorar si la inocencia del acusado había quedado desvirtuada, ya que ni siquiera hizo falta la celebración del juicio.
Aunque no se puede comprobar si este es uno de esos casos, en ocasiones la táctica de la fuga es utilizada por los que cometen algún delito, quienes se mantienen en busca y captura hasta que el tiempo termina por prescribir sus cuentas pendientes con la justicia. En el caso de Ceuta, algunos, incluso, llegan a esconderse en el país vecino.
El Juzgado de lo Penal número 2 abordó en la mañana de este martes dos delitos similares de resistencia y lesiones. El primero de ellos ocurrió el pasado 14 de mayo en las inmediaciones de la plaza Teniente Ruiz, cuando F.Z.E.O. inició una discusión con A.O.R. llegando a golpearla en la cara y donde acudió la Policía Nacional. Ante su presencia, la acusada reaccionó insultándolos, además de empujar y arañar a uno de los agentes. Por todo ello, fue condenada a pagar 360 euros por el delito de resistencia a la autoridad y 120 euros por dos delitos de lesiones.
Fue la misma condena que minutos después recibió M.A.O.M., quien un día después del suceso anterior también protagonizó una discusión en la vía pública a la que acudió la Policía Nacional. El acusado además de insultarles, golpeó el vehículo policial y también a los dos agentes, por lo que, además del pago de las multas por los delitos de resistencia y lesiones, deberá abonar 370 euros de indemnización.
La Sala de lo Penal número 2 dictó una sentencia condenatoria a M.N.M. por la que tendrá que pagar 720 euros de multa por un delito de quebrantamiento de condena. Todo ello después de que dejará de cumplir con las medidas dictadas tras una condena que le impusieron cuando era menor. El acusado debía cumplirla hasta el 20 de abril de 2016, dejando de hacerlo casi un año antes.
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