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Un ceutí logra cancelar más de 17.500 euros de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

Se trata de un hombre que se "endeudó con las tarjetas de crédito y los préstamos rápidos", informa el despacho de abogados que ha acompañado el caso

Un vecino de Ceuta ha logrado cancelar una deuda superior a los 17.500 euros, de 17.579 euros concretamente, aplicando la Ley de Segunda Oportunidad. Así lo ha informado mediante una nota de prensa el despacho de abogados 'Repara tu Deuda' que está especializado en la mencionada norma. Según se detalla, se trata de un hombre que se "endeudó con las tarjetas de crédito y los préstamos rápidos". Tras analizar el caso, los abogados especialistas consideraron que este reunía los requisitos mínimos para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. 

"Ahora puede empezar una segunda vida sin deudas, tras dictar el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Ceuta el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en su caso", detallan desde el mencionado despacho que además detalla que, en los últimos seis meses, se ha logrado la cancelación de la deuda de cuatro ceutíes. 

En el comunicado también se indica que "cada vez más particulares y autónomos acuden a los juzgados para hacer frente a las deudas que han contraído y a las que no pueden hacer frente por la situación económica en la que se encuentran" y que, a nivel nacional, "son más de 18.000 los particulares y autónomos que han empezado el proceso con el despacho para empezar de nuevo mediante la aplicación de esta legislación".

Desde el año 2015, en el que entró en vigor esta ley en España, 'Repara tu Deuda Abogados' ha alcanzado la cifra de 70 millones de euros en concepto de cancelación de deuda de sus clientes, siendo líder destacado en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad. Y es que, actualmente, continúa siendo el único despacho que se dedica en exclusiva a la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad en España.

Para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es necesario cumplir una serie de requisitos previos. Entre ellos, que el importe de la deuda no sea superior a los 5 millones de euros, que se haya procurado un acuerdo previo para el pago a plazos de la cantidad debida y que sea considerado un deudor de buena fe.

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