El CNP le detuvo con 3 bolsas, de 0,5 gramos cada una l Defiende su inocencia en la Audiencia
Encuadrado en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, un juicio contra un joven acusado de incurrir en un delito contra la salud pública quedó finalmente visto para sentencia toda vez que se celebrara en la mañana de ayer. Al término de la vista, el Ministerio Fiscal solicitó para el encausado una pena de tres años de prisión por el citado delito mientras que el letrado de la Defensa pidió la libre absolución de su representado al entender que no hay pruebas de suficiente peso como para elevar condena alguna. Fiscalía se opuso además que en caso de condena haya cualquier beneficio inicial en el cumplimiento de la pena.
De tal manera, a la espera de que el tribunal juzgador emita una sentencia en un sentido u otro, es decir en término de absolución o de condena, acerca del caso cabe destacar que el mismo ocurrió en torno a las 13:00 horas del 5 de junio de 2014, cuando el encausado, siempre bajo el punto de vista fundamentado por el Ministerio Fiscal en su escrito, fue sorprendido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía que estaban de patrulla por la barriada del Príncipe Felipe haciendo entrega de una bolsa de cocaína a una tercera persona, no identificada.
Acto seguido, tras proceder la autoridad a identificar al acusado, esta halló que además poseía dos bolsas más. Cada una de ellas constaba de medio gramo, de modo que la cantidad total era 1,5 gramos. El índice de pureza de la droga, como así arrojaron posteriores análisis, era del 60 por ciento. La cocaína encautada se valoró en 168 euros, cantidad que, en concepto de multa, solicitó también Fiscalía al acusado.
De tal modo, por los hechos narrados, deberá el tribunal de la Audiencia ceutí emitir sentencia firme y esclarecer así el caso.
Delito tipificado en los artículos 359 y 360 del CP
Regulados en los artículos 359 y 360 del C.P., los delitos contra la salud pública castigan la elaboración, despacho, suministro o comercio de estas sustancias cuando puedan causar estragos, incluyendo un tipo atenuado en el caso de realizar la misma conducta hallándose autorizado para el tráfico de dichas sustancias, pero incumpliendo las formalidades previstas en sus normas reguladoras.
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