Las empresas que trabajan para la Ciudad, obligadas a pagar el plus

La Consejería de Hacienda y Recursos Humanos ha emitido una circular, dirigida a los departamentos de Intervención y Contratación, al resto de Consejerías del Gobierno y a todos los organismos autónomos y sociedades mercantiles de la Ciudad, para que no abonen los servicios prestados por las empresas que se beneficien de la ampliación y extensión de las bonificaciones a la Seguridad Social que no apliquen el denominado plus de vinculación a los trabajadores.
De este modo, el Gobierno responde a aquellas compañías que no están aplicando o que no quieran aplicar el acuerdo rubricado por la Ciudad, los sindicatos y la Confederación de Empresarios el pasado 19 de enero para destinar a los trabajadores parte del beneficio (ahorro) que obtienen. Según este documento, los empleados deben ver incrementado su salario base en un 0,8% por cada cinco puntos de bonificación, que actualmente se encuentra situada en el 43%, y que en 2013 será del 46% y en 2014 se situará en el 50%.
Según la circular, las facturas cuyo devengo se produzca a partir del día 1 de enero de 2012 deberán contemplar “obligatoria y expresamente la reducción de costes” derivada del aplicación del citado acuerdo, y que además deberá estar expresamente cuantificada. La única excepción que se hace es, “por razón de operatividad y de costes”, para las facturas o certificaciones que dimanen de contratos menores y propuestas de gastos cuyo resultante de reducción sea inferior a 60 euros. Si una empresa no cumple con esta medida, la factura o certificación que emita le será devuelta.
Para el Gobierno, tal y como se refleja en la circular, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 83.3 del Estatuto de los Trabajadores, el acuerdo entre empresarios y sindicatos “es de obligado cumplimiento y de aplicación directa ante los tribunales, dada su materia normativa como convenio colectivo”. De hecho, los agentes sociales firmantes se comprometen en el texto del 19 de enero “a dar traslado de su contenido a sus respectivas asociaciones y federaciones”, ya que “quedarán obligadas a incorporar el texto del acuerdo a los convenios colectivos de los sectores y empresas afectados, como doble garantía de cumplimiento y, a tal efecto, se incluirá como disposición en dichos convenios”.  
Además, a partir de ahora todos los estudios económicos o cualquier tipo de estimación que pueda realizarse para la determinación del presupuesto de licitación de un contrato que afecte a sectores de la actividad económica beneficiados por la medida deberán tener en cuenta tanto la bonificación como el plus de vinculación. Junto a esto, la circular establece que todos los pliegos de cláusulas administrativas particulares incluirán una estipulación en la que se haga remisión tanto a la normativa de la Seguridad Social como al acuerdo suscrito por las administraciones públicas y los agentes sociales, “incluyéndose, así, en el conjunto de pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones establecidas por las partes del contrato”.
La Intervención de la Ciudad será el órgano encargado de velar por el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en esta circular de la Consejería de Hacienda, que los distintos servicios municipales deberán comunicar a las empresas afectadas.

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