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'Laika' y 'Colombo', condenados por extorsionar a un joven

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a los apodados ‘Laika’ y ‘Colombo’ por un delito de extorsión y otro leve de lesiones.

Ambos reconocieron los hechos aceptando un año de prisión por la primera acción delictiva y multa de dos meses con una cuota de 10 euros por la segunda.

Un tercer acusado, identificado como M.M.M., también aceptó la misma condena, aunque en su caso queda suspendida durante un periodo de tres años en el que no podrá delinquir.

Los hechos a los que se hizo referencia en esta resolución judicial se remontan a septiembre de 2022, cuando los tres acusados se pusieron de acuerdo para extorsionar a un joven a quien abordaron en la frontera del Tarajal y obligaron a hacerles una transferencia bancaria de 4.000 euros.

Le pegaron para forzar su voluntad causándole varias lesiones en distintas partes del cuerpo. Este miércoles, la víctima renunció al cobro de cualquier indemnización.

Reconocimiento de los hechos

Los acusados reconocieron haber cometido los hechos y se confesaron culpables tanto del delito de extorsión por el que se sentaban ante el tribunal como de las lesiones causadas.

Así, uno a uno aceptaron la condena leída por el tribunal presidido por el magistrado Fernando Tesón. Lo hizo I.M.A., ‘Laika’; A.R.L., ‘Colombo’, y M.M.M.

A las penas dictadas se suman órdenes de alejamiento respecto de la víctima a la que no podrán acercarse a menos de cien metros durante 5 años. En el caso de ‘Laika’ y ‘Colombo’, presos preventivos que además de cumplir condenas están a la espera de nuevos juicios, no cabe suspensión alguna de este acuerdo alcanzado por conformidad debido al histórico penal que tienen a sus espaldas.

En el interior de las dependencias judiciales había un gran despliegue policial para garantizar la ausencia de incidentes.

Las negociaciones previas mantenidas entre el Ministerio Fiscal y los abogados de los acusados llevaron a alcanzar este acuerdo por conformidad entre las partes lo que supuso una rebaja de la petición inicial recogida en el escrito de calificación de la Acusación Pública, toda vez que existió un reconocimiento de la comisión de los delitos.

Los testigos citados a la vista que había sido señalada para este miércoles no tuvieron que declarar toda vez que no fue necesaria la celebración de juicio.

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