La sentencia dictada por la Audiencia Provincial con la que se absolvía al exjefe de la UDYCO de un delito de detención ilegal cometido sobre un colega ya es firme. El propio órgano judicial ha dictado una providencia en la que se señala que transcurrido el plazo legal para interponer recurso, ninguna de las partes lo ha hecho,
así que no cabe acudir ya a ninguna otra instancia judicial para contradecir el criterio mantenido en su sentencia por el tribunal de la Sección VI. De hecho la Acusación Particular, que llegó a pedir dos años de prisión y 16 de inhabilitación para el agente, ha desistido en la carrera por continuar con este caso en instancia judicial.
Tal y como ya publicó El Faro, para el máximo órgano judicial en la ciudad no ha existido duda alguna en torno a la absolución de quien fuera jefe de la UDYCO en el Cuerpo Nacional de Policía de Ceuta, recalcando que en todo momento respetó los derechos del policía nacional sobre el que se ordenó la detención.
Para la Audiencia el entonces jefe de la UDYCO “respetó todos los derechos legalmente previstos como garantía de quienes se hallan en situación de detención policial” y considera que “los hechos declarados probados no son constitutivos de infracción penal” sin que sea posible llegar a la conclusión de que el acusado incumplió, ya lo fuera dolosamente o de forma negligente, los derechos, garantías y plazos previstos por la ley para la privación de libertad” del policía que fue detenido.
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