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La reagrupación familiar y sus trabas

La jornada inaugural del curso que versa sobre extranjería e inmigración corrió a cargo de la catedrática de Derecho Internacional de la UGR Mercedes Moya

El régimen jurídico de los extranjeros y la reagrupación familiar centraron ayer la jornada inaugural del curso de verano de la Universidad de Granada que versa sobre extranjería e inmigración. La encargada de hablar de estas materias fue Mercedes Moya, catedrática de Derecho Internacional Privado de la UGR. En una conversación con este medio, la ponente explicó que el extranjero residente legal en España tiene los mismos derechos que los españoles, excepto “la vivienda pública, porque siempre ha creado mucha alarma social y se dice ‘en la medida que...’; al voto, que es sólo en las municipales; y al ejercicio de la Función Pública, que sólo se permite como personal laboral”. Añadió que hay determinados puestos, que son del ejercicio de autoridad, que ni siquiera lo pueden desempeñar los comunitarios ya que “hay un listado que sólo pueden ejercer los españoles”.
“La ley de extranjería mejor es la que no existe, pero una vez que existe, la nuestra, en cuanto a reconocimiento de derechos, es mucho más generosa que la de la mayoría de los países de la Unión Europea”, manifestó Moya en declaraciones a este medio, poniendo el ejemplo del Reino Unido o Alemania como “más duras”.
Ahora bien, Moya indica que en ocasiones se crea la confusión de que parece que los extranjeros tienen más derechos que los españoles, por lo que explica que tienen los mismos derechos “en función de las leyes que los regulan”, o lo que es lo mismo, a que con ellos “se aplique la ley en las mismas condiciones  que a los españoles”, ya que para disfrutarlos tendrán que cumplir los requisitos que exige la norma que regule su reconocimiento.   
Moya también se encargó de analizar la reagrupación familiar. Para explicar las trabas administrativas que se encuentran los extranjeros en su aspiración de conseguir traer a sus familiares, elige el título de un artículo escrito por su hija, Mercedes Soto, para el libro Relaciones de Familia y Sucesorias Hispano-Marroquíes: El derecho a la familia en España. Un difícil camino desde Marruecos. “Es el título más adecuado que le puedo dar. Es un difícil camino, un periplo burocrático-administrativo (...) No puedo entender, aunque lo entienda, pero no puedo justificar que una persona, que está aquí porque tú quieres ya que le has puesto muchas trabas para estar aquí y le has exigido una autorización, un certificado de antecedentes penales y de que ese trabajo no lo quiere nadie... A esa persona que le has exigido todo eso ahora le dices que si se quiere traer a su familia no puede hacerlo hasta que renueve, es decir, en un año no puede hacerlo, y además me tiene que demostrar que por lo menos un año más va a estar bien, y tener una vivienda adecuada (...) Si es un señor que gana 1.100 euros y tiene una mujer y dos niños, no se los puede traer”, explica.
“Ese derecho humano a traerte a la familia lo dificultan administrativamente a unos niveles tremendos y con una fiscalización terrible, desde el matrimonio a los hijos, los documentos, con un dineral horroroso porque hay que traducirlos, y la hoja del país de origen que no se enteran de nada... Un periplo y un camino largo”, afirma. Moya dice que en el trámite de un extranjero que encuentra un trabajo en España y pretende traer a su familia, depende su categoría. “En unos te los puedes traer a la vez que vienes tú, en otros tienes que esperar un año... Y luego demostrar que el matrimonio existe de hecho y de derecho, y yo ya irónicamente digo que de derecho vale, pero de hecho, si no me deja que me traiga a mi mujer el último año, cómo vamos a convivir”, se pregunta. “No entiendo cómo puede haber esa complejidad de trabas administrativas en algo que creo que es un derecho del ser humano”, insiste.
También hay casos en los que uno de los miembros de la familia está en situación legal, con su autorización de residencia renovada, y su mujer y sus hijos se encuentran en situación irregular porque “se han desesperado, se han metido con un visado de visita, se han quedado y ahora para arreglarle la  vida hay que esperar tres años para luego pedir lo que se llama ‘autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo’, y mientras tanto los niños irregularmente”.
Otro de los supuestos que comentó Moya en la conversación con este medio fue el caso de las bigamias, personas casadas en su país que vuelven a contraer matrimonio en España debido a que aquí no consta el matrimonio de su país, por lo que están incurriendo en un delito.

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