Categorías: Opinión

La obediencia con decoro, dignidad y honor

Dijo Calderón de la Barca aquello de que en la Milicia “la principal hazaña es obedecer…”.  Y, desde el Derecho romano, pasando por las Partidas, el Derecho positivo y la hermenéutica doctrinal han ido evolucionando desde la “obediencia ciega” al superior, que duró hasta la Revolución Francesa y que consideraba exento de responsabilidad al inferior que actuaba obedeciendo órdenes, hasta la posterior recepción constitucional del llamado “imperio de la ley” o Estado de Derecho, que supone la sumisión de la autoridad a la legalidad, o la reformulación del viejo deber absoluto de obediencia, para desembocar en la obediencia razonable, responsable, objetiva e inteligente, que si bien a veces crea conflicto entre “autoridad” y “legalidad”, una y otra no son luego contrapuestas sino complementarias entre sí. En la Academia Militar de Ingenieros, por ejemplo, está el viejo lema: “Primero la sabiduría, y después la guerra”. Y dedico este artículo a los Ingenieros, con motivo de celebrarse el próximo día 30 su Patrón San Fernando, para tratar de conciliar la antigua “obediencia ciega” con la actual “obediencia razonada”, sirviéndome para ello de hilo conductor el caso verídico vivido por un General de Ingenieros, D. Andrés Brull y Sinués y su Capitán General de Canarias.
El General Brull llegó a Mariscal de Campo. Fue dos veces distinguido con la Cruz Laureada de San Fernando (máxima distinción militar), y fue Subinspector de Ingenieros en Extremadura, Canarias, Filipinas, Andalucía y Ceuta. En 1860 vino de Coronel a Ceuta a mandar la Comandancia de Ingenieros, dirigiendo las obras que a gran escala se emprendieron. Y  fue condecorado con la Cruz de Comendador de Carlos III, “por el celo e inteligencia con que había llevado a cabo en esta Plaza tantas y tan importantes obras”. También el Ayuntamiento de Ceuta, por acuerdo de 30-05-1863, le distinguió dedicándole la calle “Coronel Brull”. Y llama la atención su inteligente pero firme actitud que mantuvo en Canarias en 1871 frente al Capitán General, al que, sin llegar a desobedecerle, supo mantener que no era legal la orden que se le daba. Así, el 31 de julio el entonces Brigadier Brull recibió del Capitán General el escrito siguiente: “Sirvase V.S .disponer lo conveniente para  que pasado mañana,  dos de Agosto próximo, se blanquee  el Cuerpo de Guardia  que ocupa la tropa en esta Capitanía Genera”. A dicho escrito contestó él con este otro: “E.S. Siento   no     poder   disponer  el    blanqueo    del   Cuerpo de Guardia…  con  la perentoriedad que lo ordena en su oficio de ayer, porque no tengo caja ni consignación por cuenta del ejercicio  corriente, pero quedo en prevenir lo conveniente al Comandante de la Plaza para que tenga efecto tan luego como sea posible”. Y el Capitán General le contestó: “Según me expresa V.S. en su comunicación, no existen fondos en caja para el blanqueo. Preséntese  V.S. en esta Capitanía General a recibir la cantidad que al efecto se necesite para efectuar dicho blanqueo con arreglo a mi citada orden en calidad de anticipo”.
El Brigadier le respondió: “E.S. No estando autorizado para efectuar obras con fondos a reintegrar, porque la intervención de los gastos corresponde al Cuerpo Administrativo del Ejército, me veo en el sensible caso de manifestarlo a V.E…, respetando como siempre las disposiciones superiores y con el deseo de que en el caso presente no se demore el cumplimiento, que recurro al Sr. Intendente Militar en demanda de fondos anticipados, que es el único medio a mi alcance para su realización inmediata”. Pero el Capitán General le replicó: “La comunicación de V.S…, en la que me manifiesta haber acudido al Sr. Intendente Militar en demanda de fondos anticipados para blanquear…, por no serle posible aceptar los que en calidad de reintegro y con el expresado objeto dije a V.S… que facilitaría esta Capitanía General, me hace conocer  que ha desobedecido V.S. mi prevención… Las órdenes de la primera autoridad militar… deben acatarse y obedecerse puntualmente y, si están en oposición con lo que previenen los reglamentos vigentes, que parece es el caso en que V.S. se apoya, cumplidas aquéllas, pueden elevarse a la superioridad las observaciones que se juzguen convenientes para dejar a salvo la responsabilidad. En consecuencia, ordeno nuevamente a V.S. que se cumpla mi disposición, en el concepto que si mañana al mediodía no se ha blanqueado el Cuerpo de Guardia, me veré en el imprescindible, aunque sensible caso, de tomar la providencia que corresponda”.
El Brigadier contestó de nuevo: “E.S. La represión del apercibimiento que forma parte del oficio de V.E…, han producido en mi ánimo el consiguiente disgusto, porque en los años que llevo de servicio nunca he dado motivo para que se lastime mi reputación militar, suponiéndome hechos o intenciones en desacuerdo con las rigurosas prescripciones del deber. Sabe V.E. que el servicio del Cuerpo de Ingenieros difiere y tiene que diferir del de Armas…, porque, tratándose de la inversión de fondos, ni puede obrar por sí, ni hacer caso omiso del Administrativo del Ejército que es a quien toca realizarlos y fiscalizar su inversión, como Interventor para tales efectos…; he seguido en cuanto a la tramitación el único camino que me era permitido, porque no podía gastar sin tener, ni estaba en mis atribuciones mandar al Comandante de la Plaza que la hiciese cuando nada había en Caja y faltaba la consignación correspondiente; además el pagador de Fortificación que depende del Comisario de Guerra del Ramo en lo que se refiere a caudales, no puede incautarse de otras cantidades que las que se satisfacen por Tesorería en virtud de libramientos de modo que cuanto se mandase fuera de esto abusivo y ocasionado a una justificada resistencia. Espero que después de lo expuesto quedaré rehabilitado para con V.E. respecto a lo ajustado de mi proceder, pero como la repetición de la orden, deprimiendo las consideraciones que se merece un Oficial General, me colocan en un caso de fuerza mayor, acudiré al Sr. Intendente General para que, si cree está en sus atribuciones, dé orden al Pagador a fin de que recoja los fondos de esa Capitanía General, y al Coronel Comandante de la Plaza, que cuando tenga a su disposición la cantidad que V.E. facilite proceda a la ejecución del blanqueo; reservándome producir la parte de queja que no puedo excusar en defensa de los fueros que son inherentes a las altas jerarquías militares”.
El Capitán General le ordenó: “Sírvase V.S. disponer que reconozca la habilitación destinada en el Castillo de Paso alto para prisión de Oficiales, y en el caso de no encontrarse en el estado de decencia que corresponde ordenará V.S. que se hagan desde luego en la misma los reparos que necesite” . El día 3, que debía comenzar el blanqueo, el Intendente de la Plaza… comunica al Jefe de Ingenieros que se han adelantado al Pagador 125 pesetas, por cuenta de la consignación de material del ejericio. Y el Brigadier informó al Capitán General: “E.S. He recibido fondos a buena cuenta de la primera consignación del Arma y según me dice el Coronel Comandante de la Plaza, se ha dado principio al blanqueo del Cuerpo de Guardia de la Capitanía General”.Pero el Capitán General le replicó: “Me he enterado de la extensa comunicación de V.S… en la que trata de aducir razones que justifiquen la impsosibilidad en que se hallaba para dar el debido cumplimiento a mi orden…, y en su vista me limito a contestarle que conozco perfectamente las consideraciones que deben guardarse a las distnitas jerarquías de la milicia y de la obediencia que en todos los casos debe prestarse a los mandos superiores, aun suponiendo que estos no se hallen en completa armonía con los reglamentos y órdenes especiales que también conozco, que puedan regir sobre cualquier materia. Por ello repito que el deber de V.S. era obedecer y dar cumplimiento a mi orden, sin perjuicio de hacerme las observaciones que juzgara convenientes, y que siempre atiendo y veo hasta con gusto, cuando se formulan con ta templanza y respeto que corresponde tratándose de inferior a superior, pudiendo además V.S…, si lo creía oportuno, haber acudido a la superioridad con las reflexiones que estimara del caso, haciendo para ello uso del derecho que a todos concede la Ordenanza. Con lo dicho doy por terminado este para mí enojoso asunto, toda vez que se está ya blanqueando el citado Cuerpo de Guardia”.
El Brigadier envió a su Director General de Ingenieros un informe sobre todo lo ocurrido, al que acompañaba una instancia a S.M. el rey, en la que exponía: “D. Andrés Brull y Senués, Brigadier Subinspector de Ingenieros…, formula queja contra el Excmo Sr. Capitán General de Canarias, por menosprecio a las consideraciones que se le deben como Oficial General del Ejército Español, y por habérsele privado del libre ejercicio de las funciones de su empleo.
En tal concepto a S.M. rendidamente suplica, se sirva mandar que se le haga justicia, reintegrándolo del menoscabo que ha sufrido su dignidad y devolviéndole la libertad de acción indispensable para el buen desempeño del servicio”. También envió escrito al Capitán General  informándole de todo ello. Y éste le contestó. “Quedo enterado de la comunicación de V.S. en que me manifiesta que ha dirigido a S.M. una exposición en queja contra mi autoridad. Está V.S. en su derecho, como yo en obligarle a que obedeciera mis órdenes”. ¡Muchas felicidades a todos/as los Ingenieros militares!.

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