Categorías: Sucesos y Seguridad

La (no) sombra de Boko Haram

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha negado la solicitud de protección internacional presentada por una nigeriana que argumentaba estar perseguida por el grupo terrorista de Boko Haram.

La joven, que consiguió entrar en Ceuta de forma irregular en febrero de 2013, solicitó protección ocho meses después, justo cuando, tras ser trasladada a un CIE, se le había comunicado el expediente de expulsión para ser repatriada a su país.
El relato de sus peripecias, a todas luces “vago, inverosímil y carente de fundamento”, según la Sala, no ha servido para aceptar su petición ni tampoco para que, en última instancia, pudiera acogerse a cualquier tipo de atención por razones humanitarias al no caber “condiciones que permitan considerar que concurran circunstancias” para adoptar esta medida, indica la Sala en una sentencia, ya firme, a la que ha tenido acceso El Faro.
Con este carpetazo se cierra la historia de esta joven que se presentó como perseguida por el grupo terrorista, presionada para protagonizar un casamiento forzoso y amenazada con una muerte segura si se negaba a cumplir con las directrices ordenadas por el régimen de Boko Haram. Un terrorista que, declaró, había asesinado a sus padres por ser cristianos y que a ella iban a someterla a un entrenamiento forzoso para terminar casada con los adeptos al grupo.
¿Qué ha pesado en toda esta historia para que ni el órgano judicial ni Acnur hayan atendido a su veracidad? El efecto mediático causado por cada uno de los pasos que da la formación terrorista que lleva el sello de Boko Haram es tal que pudiera parecer que la solicitud de esta joven subsahariana debía ser aceptada sí o sí. Muy al contrario, Acnur considera que la propia solicitante “no parece encontrarse en necesidad de protección internacional”, considerándose en el grueso de la sentencia puntos clave como el hecho de que la joven no hubiera pedido auxilio a las autoridades del país, no aporte documento alguno que valide ni su propio origen ni su historia o no hubiera intentando marchar a otra zona de Nigeria en donde pudiera encontrarse a salvo antes de buscar apoyo en España (“el grupo extremista actúa en ciertas zonas de Nigeria, desarrolla atentados puntuales, lo que no significa que desarrolle una persecución permanente”, reza la sentencia). Ni tan siquiera se aportan datos que verifiquen el lugar, fecha o circunstancias en las que se produjeron los hechos que denuncia. “Aun en el caso de que fueran ciertos, éstos estarían provocados por terceros, distintos de las autoridades nigerianas”, añade.

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